La incertidumbre sobre qué pasará con el salario mínimo para este año 2026 continúa luego de que el Consejo de Estado decidiera tumbar, de manera provisional, el decreto que fijó el incremento.
Leer también: Sube el salario mínimo, pero ¿qué pasa con el empleo en Barranquilla y área metropolitana?
En este sentido, el magistrado Alberto Montaña, presidente del Consejo de Estado, aclaró que el fallo no juzga el monto del incremento, sino que busca que se cumpla con los parámetros de la ley para decretar el aumento.
“No es cierto que se trate de un ataque. La decisión reciente se circunscribe a un punto preciso: el decreto expedido ante la falta de consenso no tuvo en cuenta factores que la ley exige expresamente. El artículo 8 de la Ley 278 de 1996 establece que, si no hay acuerdo entre empleadores, trabajadores y Gobierno, este puede fijar el incremento por decreto, pero debe considerar variables objetivas delimitadas de manera taxativa, como la proyección de la inflación, el IPC del año inmediatamente anterior y el crecimiento del PIB. Lo que la providencia advierte es que esos factores no fueron debidamente considerados. Incluso, vale precisar que algunas demandas alegaban que el incremento era desproporcionado. Frente a ese argumento, el Consejo de Estado fue claro en señalar que, en esta etapa inicial, no tenía elementos para concluir que el aumento fuera desproporcionado, y descartó esa tesis. En otras palabras, la decisión no juzga el monto del incremento ni se pronuncia de fondo sobre su conveniencia. Lo que hace es un cotejo preliminar entre el decreto y las exigencias legales. No es una medida contra los trabajadores; es una decisión orientada a garantizar que el ordenamiento jurídico se respete. Y, además, no se trata de un fallo definitivo, sino de una determinación provisional mientras se resuelve el fondo del asunto", declaró el magistrado en entrevista con El Tiempo.
El presidente del Consejo de Estado también respondió a palabras de funcionarios del Gobierno que señalan que la decisión fue inocua.
Importante: Consejo Gremial respalda decisiones adoptadas por el Consejo de Estado en relación con el salario mínimo
“Esta no es una decisión definitiva. Aquí no hay un pronunciamiento sobre derechos adquiridos o no adquiridos. Se trata de una decisión provisional. Lo único que se dice es: miren, a primera vista, cuando se examina el decreto que se expidió, se advierte que no se cumplieron unos presupuestos expresamente establecidos en la ley. Y como no se cumplieron, se ordena su suspensión provisional mientras continúa el proceso judicial, que seguramente concluirá con una sentencia en la que se haga un análisis de fondo, con la profundidad que merece una decisión definitiva. En este momento lo que se advierte es el incumplimiento de esos requerimientos, de esos factores que establece la normatividad. Por eso no creo que sea una decisión inocua. Por el contrario, es una medida que trae consigo órdenes concretas que deben ser adoptadas por el Gobierno nacional en un término perentorio, para ajustar lo actuado al ordenamiento jurídico”, dijo Montaña al medio nacional.




















