El Juzgado Cincuenta y Cuatro Administrativo de Bogotá resolvió conceder el amparo de los derechos fundamentales al buen nombre, la honra, la integridad personal y la dignidad humana del fiscal Mario Andrés Burgos Patiño, luego de que este interpusiera una acción de tutela en contra del presidente Gustavo Petro.
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La decisión, contenida en un fallo con radicado 20250030100, ordena al mandatario retractarse de sus declaraciones en un plazo máximo de 48 horas tras la notificación de la sentencia. Según el juzgado, Petro deberá hacerlo en dos escenarios específicos: en reunión televisada del Consejo de Ministros y en la red social X.
En el primer caso, el tribunal dispuso que el presidente deberá rectificar lo dicho el 4 de febrero de 2025, cuando manifestó que el fiscal Burgos había “sacado de la investigación del fiscal paraguayo Marcelo Pecci, al sindicado Sebastián Marset” y aseguró que Burgos pertenecía a una banda de narcotráfico. El juez precisó que no existe condena en contra del fiscal, por lo que esas afirmaciones carecen de sustento judicial.
La segunda orden apunta a las publicaciones hechas en X los días 13 de febrero, 3 de junio, 23 de julio y 1 de agosto de 2025, en las que Petro afirmó que Burgos era “un fiscal perteneciente a la mafia del narcotráfico o a la junta del narcotráfico”, que habría alterado la investigación de Marcelo Pecci y que ejerció presión psicológica contra su hijo Nicolás. El fallo indica que esas aseveraciones vulneraron los derechos fundamentales del funcionario.
El juzgado advirtió que de no cumplirse con la retractación en los términos establecidos, el presidente podría incurrir en responsabilidades legales por desacato. La sentencia se fundamenta en los artículos 24, 27, 52 y 53 del Decreto-Ley 2591 de 1991, que regula la acción de tutela en Colombia.
En este punto vale la pena recordar que fue el fiscal Burgos quien lideró la investigación que derivó en la imputación de cargos contra Nicolás Petro por enriquecimiento ilícito y lavado de activos. La providencia obliga al presidente a rectificar de manera pública y expresa, tanto en escenarios institucionales como en sus redes sociales, en los términos fijados por el juzgado.
