El martes 9 de enero la Federación de Lonjas de Propiedad Raíz (Fedelonjas) advirtió que los arriendos de vivienda urbana en el país se podrán incrementar hasta un 9,28 % este 2024, de acuerdo con el Índice de Precios al Consumidor (IPC) fijado al cierre del 2023.
{"titulo":"Colombia tiene condiciones para ser uno de los líderes de Latinoamérica: Andi","enlace":"https://www.elheraldo.co/economia/colombia-tiene-condiciones-para-ser-uno-de-los-lideres-de-latinoamerica-andi-1061317"}
En ese sentido, el presidente de la federación, Mario Ramírez, explicó cuáles son los plazos y las condiciones en las que se da el aumento de los alquileres, precisando que solo aplica para viviendas urbanas.
Ramírez recordó que los arrendamientos no se incrementan automáticamente en enero, sino cuando el contrato cumple 12 meses de haberse firmado, es decir, al momento de la renovación del contrato; o a partir del último incremento y siempre con previa comunicación por escrito por parte del arrendador.
{"titulo":"La incidencia de la crisis de seguridad de Ecuador en Colombia","enlace":"https://www.elheraldo.co/colombia/la-incidencia-de-la-crisis-de-ecuador-en-colombia-1061331"}
Además, indicó que el aumento definido es legal siempre y cuando 'este no supere el 1 % del valor comercial del inmueble o de la parte de él que se encuentre arrendada. La notificación del aumento del valor del canon debe hacerse por escrito y a través de correo certificado y debe incluir la fecha en que se empezará a aplicar'.
Se debe tener en cuenta que si el arrendador incrementa el canon por encima de lo establecido en la Ley, el arrendatario puede exigir la terminación del contrato sin estar sujeto al cobro de sanciones económicas.
{"titulo":"Minsalud hace llamado a vacunarse ante circulación de nueva variante covid-19","enlace":"https://www.elheraldo.co/colombia/llamado-la-vacunacion-por-nueva-variante-covid-jn1-omicron-en-colombia-1061303"}
Asimismo, el presidente de Fedelonjas recordó que el mencionado reajuste no aplica para contratos de vivienda firmados antes de 2003 o de alquiler de inmuebles para uso comercial.
'En usos como locales, bodegas, consultorios, oficinas y los diferentes a vivienda, tanto el valor como el incremento deberán acordarse entre las partes o de acuerdo a lo que quedó consignado en el contrato de arrendamiento', puntualizó la Federación de Lonjas de Propiedad Raíz en un comunicado.
Sobre la Administración, explicó que el valor de esta subirá lo que autorice la asamblea de copropietarios a partir del primero de abril de este 2024 o cuando lo indique la asamblea. 'Es decir, que esta administración se incrementa en un momento diferente al contrato de arrendamiento'.
Ejemplo de incremento
Si usted paga un millón de pesos por el arriendo de su vivienda + 180.000 pesos de administración y firmó el contrato el 1 de agosto de 2023, el incremento sería el siguiente:
Incremento cuando se cumpla el año, es decir el 1 de agosto de 2024: $92.800.
$1’000.000 + $92.800 = $1’092.800 que se pagarán cuando se cumpla el año del contrato, es decir el 1 de agosto de 2024.




















