Una alerta emitió el Superintendente Nacional de Salud, Ulahí Beltrán López, ante el aumento de medidas cautelares a entidades del sector salud que implican el embargo de los recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud.
{"titulo":"Supersalud hace seguimiento a intervención del hospital en Chiriguaná ","enlace":"https://www.elheraldo.co/cesar/cesar-supersalud-hace-seguimiento-intervencion-del-hospital-en-chiriguana-964907"}
'Siendo respetuosos de la autonomía que la Constitución y las leyes confieren a los Jueces de la República, hemos solicitado a la Rama Judicial, si así lo estimare pertinente, realice una difusión de las normas y posiciones jurisprudenciales, con miras a minimizar los riesgos que suponen para el sistema de salud las órdenes de embargo dictadas sobre recursos inembargables', señaló el Superintendente Nacional de Salud.
En medio de su intervención, explicó que de conformidad con el artículo 48 de la Constitución Nacional, se establece que 'no se podrán destinar ni utilizar los recursos de las instituciones de la Seguridad Social para fines diferentes a ella, lo que implica que los recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud tienen destinación específica y por tanto solo pueden emplearse para la prestación del servicio'.
El funcionario explicó que en el artículo 91 de la Ley 715 de 2001, se dictaron normas orgánicas en materia de recursos y competencias de conformidad con los artículos 151, 288, 356 y 357 (Acto Legislativo 01 de 2001) de la Constitución Política y se dictaron otras disposiciones para organizar la prestación de los servicios de educación y salud, entre otros, donde se estableció que por su destinación social constitucional, estos recursos no pueden ser sujetos de embargo, titularización u otra clase de disposición financiera.
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Debe tenerse presente que a través de un Circular 014 de junio de 2018, la Procuraduría General de la Nación impartió instrucciones sobre la inembargabilidad de los recursos destinados al Sistema General de Seguridad Social en Salud a los Procuradores Delegados para Asuntos Laborales, Civiles y Administrativos, Judiciales, Jueces de la República y Superintendencia Financiera.
'La anterior posición es compartida por la Superintendencia Nacional de Salud, dado que uno de los propósitos de esta entidad es la protección de los recursos públicos de la salud, se hace necesario enfatizar la aplicación de la normatividad y jurisprudencia aquí mencionada para garantizar la prestación de los servicios de salud y la protección de los recursos que permiten el goce efectivo del derecho a la salud en Colombia', sostuvo Beltrán López.





















