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El presidente Iván Duque promulgó este martes la ley de la reactivación económica para el sector transporte público terrestre de pasajeros y mixto en Colombia.

Con la norma este sector tendrá nuevas herramientas, entre las que se incluye que la vida útil de los vehículos de transporte de pasajeros por carretera y mixto se dispondrá durante cuatro años más, adicionales al tiempo establecido en las normas de transporte vigentes, siempre y cuando hayan sido matriculados con anterioridad al 31 de diciembre de 2020, sin perjuicio de garantizar y cumplir con las condiciones técnico-mecánicas y de emisiones contaminantes de los vehículos beneficiados.

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Así mismo, les permite a los propietarios de los vehículos retirar por una única vez, hasta el ciento por ciento (100%) de los recursos disponibles aportados a los programas periódicos de reposición por dichos propietarios, con el fin de garantizar un ingreso mínimo, sin perjuicio de la obligación de realizar la reposición del parque automotor.

También la nueva ley permite la modificación de los recorridos de las rutas autorizadas, con el fin de aprovechar las nuevas infraestructuras viales, siempre y cuando conserven el mismo origen y destino a la ruta inicial, sin que sea considerado un nuevo servicio.

Así las cosas, con la nueva norma, indica el Gobierno, el sector podrá generar alivios para extender la continuidad de la operación, incrementar sus ingresos, incentivar la oferta de servicios y crear nuevas oportunidades de inversión que conlleven a la reactivación de este importante sector de la economía.

{"titulo":"Colombia tiene alrededor de 11 mil camas UCI habilitadas: Minsalud","enlace":"https://www.elheraldo.co/colombia/colombia-tiene-alrededor-de-11-mil-camas-uci-habilitadas-minsalud-884287"}

'Se garantiza a la sociedad un servicio público de calidad y generación de empleo, como base fundamental para el desarrollo del país', se lee en el comunicado de la Presidencia.

La norma, de igual modo, permite la entrada en operación de cuatro nuevos tipos de vehículos, adicionales a los previstos en el artículo 2 de la Ley 769 de 2002, para el segmento de transporte terrestre mixto (pasajeros que transporten su mercancía o carga).

'Se trata de la buseta de servicio mixto, camioneta cerrada de servicio mixto, campero y microbús de servicio mixto, lo cual permite a los transportadores ser más competitivos con una capacidad intermedia que antes no hacía parte de esta modalidad, además de brindar un servicio más confortable para los usuarios', se lee.

El Gobierno señala que la medida beneficiará a 24.562 de los 24.924 vehículos activos en la modalidad de transporte público en todo el país, lo que corresponde a un 99%; en el caso de la modalidad de transporte público mixto, es decir, de pasajeros que viajan con su mercancía, de los 3.156 vehículos activos en la modalidad, 3.148 recibirán el beneficio, es decir un 99,7%.