A raíz de la polémica que se suscitó por la multa que el pasado 11 de febrero le impuso la Policía a un joven bogotano por comprar una empanada en el espacio público, un grupo de ciudadanos interpuso una demanda contra el numeral sexto del artículo 140 del Código Nacional de Policía.
El recurso fue admitido por la Corte Constitucional que entrará a revisar la norma que impone multas y sanciones a quienes promuevan el uso u ocupación del espacio público.
De acuerdo con los demandantes, lejos de promover la convivencia, la norma abre la puerta al uso arbitrario de la autoridad por parte de los policías y viola el derecho al trabajo de los vendedores ambulantes.
Sin embargo, el pasado 8 de marzo, la inspectora 17 de Policía de Bogotá se abstuvo de imponer esa medida correctiva contra Stiven Claros por la compra de una empanada en el espacio público.
La funcionaria ordenó al Distrito la devolución de $441.662 que había pagado el joven dentro de los cinco primeros días hábiles después de la notificación para lograr una reducción del 50% del valor total de la multa que fue de $833 mil.
La Personería de Bogotá realizó un acompañamiento al joven, en la diligencia en la que solicitó no se aplicara la medida correctiva al joven bogotano, tras argumentar que era una interpretación desmedida de la norma.





















