El Juzgado Segundo Penal Municipal, con funciones de conocimiento del circuito de Valledupar, ordenó por solicitud de la Fiscalía precluir la investigación contra el concejal de Valledupar, José Guillermo Pepe Yamín, por el delito de violencia intrafamiliar, toda vez que su exesposa Natalia Betancourt desistió de la denuncia.
El tres de junio de 2011 Natalia Betancourt denunció en la Fiscalía a Yamín, indicando que este la había golpeado, con bofetadas y patadas. Para entonces estaba embarazada. La queja se apoyó con una valoración de Medicina Legal que le dio una incapacidad de 20 días.
Desde entonces se inició un proceso judicial en el que se le imputó al concejal el delito de violencia intrafamiliar, cargo al que no se allanó. No obstante el juez primero penal ambulante con funciones de control de garantías, Juan José Castilla, lo cobijó el 30 de julio de 2012 con medida de aseguramiento consistente en detención preventiva domiciliaria; decisión que fue revocada 22 días después por un juez de descongestión.
Sin embargo el proceso continuó, pero el siete de noviembre de 2013, Natalia Betancourt, radicó en la Notaría 11 de Barranquilla, un escrito de desestimiento con el fin de extinguir la acción penal contra Pepe Yamín, al parecer tras llegar a un acuerdo de una indemnización por los perjuicios causados.
En su momento, el concejal Yamín emitió un comunicado en el que se defendía de las acusaciones de también haber maltratado a su exsuegra Esmeralda Hernández, indicó que se trataba de un tema privado y familiar que no debió trascender.
Ayer en el palacio de justicia de Valledupar se llevó a cabo la audiencia de preclusión con presencia del concejal Yamín; de la abogada y hermana de Natalia, Vanesa Betancourt, en representación de la víctima; de una delegada de la Fiscalía y otra del Ministerio Público, ante el juez Hernando Valverde, quien acogió la solicitud del ente investigador que argumentó que como los hechos ocurrieron antes de entrar en vigencia la Ley 1542 de 2012 que no acepta el desestimiento en un delito querellable como el de violencia intrafamiliar, procede en este caso por haber ocurrido un año antes de entrar en vigencia la referenciada norma.





















