Compartir:

Daniel Quintero Calle anunció hace unos días que retiraría su nombre de la consulta del Pacto Histórico que está prevista para este 26 de octubre, de cara a las elecciones presidenciales. De acuerdo con el exalcalde de Medellín, la Registraduría y el CNE cambiaron las “reglas del juego”, luego que se modificaran las condiciones bajo las cuales el movimiento político definiría su candidato presidencial.

Leer más: ¿Por qué se retira Daniel Quintero de la consulta del Pacto Histórico?

A pesar de su retiro, la directora de la Misión de Observación Electoral (MOE), Alejandra Barrios, indicó que Quintero Calle quedaría inhabilitado para participar en las elecciones presidenciales de 2026.

La funcionaria explicó, durante una entrevista con ‘Blu radio’, que su inscripción oficial como precandidato presidencial dentro de una consulta avalada por el Polo Democrático Alternativo, la Unión Patriótica (UP) y el Partido Comunista Colombiano, genera consecuencias jurídicas que no se disuelven.

Lea además: Daniel Quintero renuncia a la consulta interna del Pacto Histórico

“De acuerdo con la Ley 1475, él no podría ser candidato a la Presidencia en 2026. Sin embargo, es una decisión definitiva que toma la autoridad electoral. Pero si la autoridad electoral se remite a la ley, él ya es precandidato de una consulta, así se retire, y ese resultado es de obligatorio cumplimiento para él y no podrá inscribirse por ninguna otra organización política.”, dijo al medio radial.

Y es que artículo 7 de la Ley 1475 de 2011 establece que “el resultado de las consultas será obligatorio para el partido, movimiento, grupo significativo de ciudadanos o coalición, que las hubiere convocado, así como para los precandidatos que hubieren participado en ellas. Se entiende que un precandidato ha participado en una consulta cuando su inscripción ha quedado en firme de conformidad con las disposiciones establecidas por los partidos y movimientos que las convocan. Quienes hubieren participado como precandidatos quedarán inhabilitados para inscribirse como candidatos en cualquier circunscripción dentro del mismo proceso electoral, por partidos, movimientos, grupos significativos de ciudadanos o coaliciones distintas.”

Lea acá: “Ahora posan de víctimas cuando son victimarios”: sectores políticos tras renuncia de Quintero a consulta interna del Pacto

Sobre esto, la funcionaria indicó que lo que se busca con esta ley es respetar la seriedad de los procesos en los partidos políticos.

“Lo que pide la ley y lo que busca es que haya seriedad y respeto por los resultados. Usted no puede participar en una consulta y luego decir que se va a otro partido porque perdió o porque se retiró. Eso no pasa. La ley le exige que respete el resultado y no puede inscribirse por otra organización política”, indicó.

Asimismo, Barrios señaló que el proceso administrativo de la consulta ya estaba cerrado antes de la renuncia de Daniel Quintero.

No olvide leer: Tras el retiro de Daniel Quintero a la consulta del Pacto, Carolina Corcho dice que sigue firme en la misma

“Esa inscripción ya había quedado en firme. Se hicieron reuniones para aprobar las tarjetas electorales, definir los puestos y las mesas de votación. Todo estaba listo para seguir adelante. Legítimamente un candidato puede retirarse, pero eso no significa que no tenga que cumplir con las reglas de la consulta”, expresó.

Lea también: Iván Cepeda se mantiene en la consulta del 26 de octubre y lanza críticas contra el CNE

“Él puede decidir recoger firmas, pero esa recolección no le serviría para mucho, porque debe aceptar el resultado de la consulta. No podría ser candidato, ni apoyar una candidatura diferente a la que se presente en esta consulta.”, agregó.