El sistema de gobierno democrático colombiano para algunos actores de la vida nacional se encuentra en peligro llegando a filo de una dictadura. Esta afirmación la sustentan en la no correspondencia, entre el conocimiento construido mediante el proceso pedagógico, la enseñanza y el aprendizaje, facilitados en las facultades de derecho de las universidades del mundo, en contraste con las aberraciones políticas que destruyen los principios, reglas y normas rectoras de drecho.
Una pregunta obligada para el análisis de la controversia suscitada entre el Derecho, que regula el Sistema Democrático en el planeta vs las acciones de algunos actores de la vida democrática colombiana que la desdibujan, sería:
¿Los principios y reglas rectoras del derecho, que explican los elementos estructurales de la democracia, universalmente reconocidos en el planeta son letra muerta, acaso cambiaron sin darnos cuenta?
Para responder la pregunta se presenta un análisis comparativo entre los principios rectores de derecho y la praxis política nacional colombiana, con relación a la democracia como sistema de gobierno que nos rige.
El derecho enseñando en los claustros universitarios indica que la democracia como Sistema de Gobierno, según el artículo 3 de la Carta Democrática Interamericana, tiene los siguientes principios:
“Son elementos esenciales de la democracia representativa, entre otros, el respeto a los derechos humanos y las libertades fundamentales; el acceso al poder y su ejercicio con sujeción al estado de derecho; la celebración de elecciones periódicas, libres, justas y basadas en el sufragio universal y secreto como expresión de la soberanía del pueblo; el régimen plural de partidos y organizaciones políticas; y la separación e independencia de los poderes públicos.”.
Bajo la norma en cita, que define los principios rectores de la democracia, examinamos la coyuntura de la democracia en Colombia, iniciando por el derecho a la Vida, estableciendo su violación diaria, cíclica y permanente.
Muestra de ello es que en lo corrido del presente año 2020, se han sucedido 61 masacres con 246 asesinados, según cifras de Instituto de Estudios para el Desarrollo y la Paz, un porcentaje de ellos era estudiantes universitarios.
Un segundo aspecto relacionado con el Derecho a la Protesta, reconocido como expresión de la libertad del ser humano, instruido en los programas de derecho con base en normas y jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que indica:
“La protesta social es un elemento esencial para la existencia y consolidación de sociedades democráticas y se encuentra protegida por una constelación de derechos y libertades que el sistema interamericano garantiza tanto en la Declaración Americana de los Derechos y Obligaciones del Hombre como en la Convención Americana de Derechos Humanos”,
Nos topamos de narices con un golpe, cuando el ejercicio de Derecho a la Protesta Social en Colombia, originado por el asesinato de Javier Ordoñez de manos de dos policías, produce el pasado 9 y 10 de septiembre, los asesinatos de 12 personas, por parte de Policía Nacional,
Más crítico aún es la inexistencia del principio de separación de poderes, enseñando en las facultades de jurisprudencia, como la esencia del Sistema Democracia de Gobierno, insuperablemente teorizado hasta la fecha por Jean-Jacques Rousseau, el Barón de Montesquieu y John Locke.
Montesquieu dijo: «todo hombre que tiene poder se inclina a abusar del mismo; él va hasta que encuentra límites. Para que no se pueda abusar del poder hace falta que, por la disposición de las cosas, el poder detenga al poder», esta es la razón por la cual el Sistema Democrático plantea una equilibrio de poderes bajo un sistema de frenos y contrapesos, ejercido de un poder sobre el otro, sino se hace así, caemos en sistemas de gobiernos totalitarios o dictatoriales.
Se crítica el excesivo poder del Ejecutivo en Colombia, propiciado por la inexistencia de un control político ejercido desde el poder legislativo, pues con la pandemia aquel no solo asumió excepcionalmente la función legislativa, sino, que no fue controlado por el Congreso, corporación legislativa única en mundo operando virtualmente en la actualidad.
Además, logró hacer nombrar a sus subordinados directos, en los Órganos de Control del Estado, en la Fiscalía General de la Nación, en la Corte Constitucional y a punto está de nombrar, el Director del Banco de la República, acercándose asombrosamente a lo que desde la teoría del Derecho Público, es conocido como elementos indiscutibles indicativos de una dictadura.
La esperanza para Colombia sin duda es su Poder Judicial, aquel que administra justicia conforme a las enseñanzas históricas de las reglas y principios del Derecho aprendido en las Facultades de Derecho, que instruyen al abogado en respetar la Ley, cumplir los fallos de los jueces, y a ejercer, si no se está de acuerdo con sus decisiones, la contradicción bajo estrictos procedimientos del debido proceso, agotando todas las instancias judiciales nacionales e internacionales.
Así se ha enseñando, se enseña y se enseñará en las aulas de las facultades de derecho del mundo. Lo contrario, sería un Estado fallido, verdaderamente diferente a un Estado Democrático, traduciéndose en una Dictadura.
En los últimos días, una decisión judicial consistente en detención domiciliaria contra una persona, dictada por la sala de Instrucción de la Corte Suprema, ha puesto de cabeza nuestro país, su administración judicial, orden público y Sistema Democrático, no por la decisión en sí, sino por una campaña mediática de descredito contra el Poder Juridicial, alentada por el procesado y su grupo político.
Desconociendo principios elementales del derecho universalmente reconocido a los reos, ajenos al conocimiento del derecho impartido en las facultades de jurisprudencia, ha permitido como estrategia de defensa o no, ejercitar la litis equivocadamente o adrede a través de los medios de comunicación.
Algunos abogados litigan más ante la prensa que ante los estrados judiciales, o en casos extremos, ceden su defensa y debate probatorio, al liderazgo de connotados periodistas. Grave de toda gravedad.
Entonces para qué la formación del abogado, cuando cualquiera sin serlo, define en los medios de comunicación, la responsabilidad del reo, controvierte pruebas, descalifica a las cortes y a operadores judiciales, califica y fallan de fondo la actuación anticipadamente, pretermitiendo inclusive todas las etapas procesales.
Gravísimo para la formación de miles de estudiantes de derecho, quienes obligados asisten a un show mediático, lejano de los principios y normas del derecho que estudian en las aulas.
Los Programas de Derecho, la Universidad Colombiana, las asociaciones de abogados, jueces, magistrados, y, ministerio público, debe oponerse, alzar su voz de protesta contra la justicia show, mediática y esnobista.
Es pertinente traer a colación el Derecho de Igualdad, el cual según el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, debe ser un compromiso de todos los Estados para garantizar a hombres y mujeres, la igualdad en el goce de todos los derechos civiles y políticos.
La igualdad corresponde al ejercicio de derechos y al cumplimiento de obligaciones, sin distingo alguno en tanto todos estamos sometidos al imperio de la ley en términos igualitarios. Entiéndase no hay excepciones ante la ley, porque el principio general de derecho democrático lo contempla así: “Dura lex, sed lex”.
También es cierto que el pacto en cita contempla que: “Todo individuo tiene derecho a la libertad y a la seguridad personal. Nadie podrá ser sometido a detención o prisión arbitrarias. Nadie podrá ser privado de su libertad, salvo por las causas fijadas por ley y con arreglo al procedimiento establecido en ésta.”.
Increíblemente se ha tratado de acabar con la institucionalidad representada por el Poder Judicial, como respuesta a un orden de la Corte Suprema de Justicia, consistente en privación de la libertad contra una persona, quien ante la ley es igual a cualquier otro ciudadano colombiano, en razón a que es un principio general del derecho democrático: “dura es la ley, pero es la ley”.
El Derecho aprendido en las aulas de clase, regla que el reo detenido tiene derecho a acudir a todas las instancias del Debido Proceso, reconocido internacionalmente como en el ordenamiento jurídico interno, pero en este caso se optó por no litigar sino dejar que algunos medios de comunicación resolvieran el caso. Ya está resuelto absurdamente por quienes no son abogados, ante micrófonos y cámaras, sin la mediación de un juez. ¿Entonces para que el derecho?
El operador judicial puede ser: un ignorante supino, un compulsivo delincuente, un profesional probo o puede errar en su decisión, el Derecho desde antaño previendo tales situaciones, crea la segunda instancia para que un juez superior revise la decisión, venal, errada o acertada, que afecta un derecho, e inclusive el afectado tiene el derecho de denunciar a su juez eventualmente prevaricador.
De tal suerte, que desconocer las decisiones del Poder Judicial, como el reciente fallo de tutela contra el Ministerio de Defensa, o permitir el paso de tropas extranjeras en el territorio nacional sin autorización del Poder Legislativo y su falta de control político sobre el Poder Ejecutivo, desde los principios y normas rectoras del derecho, nos invitan a presentar una alerta porque sin duda la Democracia Colombiana es la que está en Peligro, pues el Derecho nunca ha estado en vilo.