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La Corte Constitucional informó este jueves en un comunicado que negó la solicitud de nulidad que hizo el Ministerio de Salud contra el Auto 007 de 2005, en donde se valoró el componente de suficiencia de la UPC (Unidad de Pago por Capitación), que son los recursos que gira el Estado a las EPS por cada afiliado.

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“El requisito de legitimación en la causa se superó; sin embargo, el presupuesto de oportunidad no se satisfizo. Al respecto, el término de ejecutoria del auto objeto de la petición de nulidad se surtió los días 29, 30 y 31 de enero de los corrientes y la solicitud fue radicada el 18 de febrero de 2025, es decir, 12 días después del plazo permitido”, se lee.

Recordó en este sentido el alto tribunal que tanto las solicitudes de aclaración como los incidentes de nulidad no suspenden los efectos de las decisiones proferidas por la Corte Constitucional, como lo dijo esta corporación en el Auto 1736 de 2022, entre otros.

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Además, la sala determinó que “el escrito presentado no se fundó en razones claras, expresas, precisas, pertinentes y suficientes, criterios que habilitan al tribunal constitucional a asumir de fondo el asunto, pues la solicitud planteada por el Ministerio buscó reabrir el debate jurídico con base en interpretaciones subjetivas y aspectos adicionales a lo esbozado en el Auto 007 de 2025 y, además expresó una inconformidad frente a la decisión correspondiente”.

Y advierte la Corte que el magistrado Vladimir Fernández Andrade aclaró votó frente a esta decisión.