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El concejal Alberto Enrique Sánchez Galvis puso punto final a una serie de cuestionamientos recibidos de sectores de su partido Polo Democrático, que lo acusaban de estar inhabilitado para suceder al exconcejal Rafael Sánchez Anillo cuando este dejó su curul en el Concejo.

Tanto el Consejo de Estado como la Procuraduría General de la Nación consideraron inválidos los argumentos presentados por el demandante, Wilson Molina Siado, y la quejosa Emma Doris López, que argumentaban una supuesta inhabilidad de Sánchez Galvis por ser empleado público del Distrito al ejercer el cargo de docente un colegio público.

Al respecto, el Consejo de Estado dejó en firme el fallo en primera instancia del Tribunal Administrativo del Atlántico que consideró que no había argumentos legales para decretar pérdida de investidura del concejal.

En fallo señala que: 'los servidores públicos no incluidos en la prohibición establecida en el artículo 127 de la Constitución Política están autorizados expresamente por la propia Constitución para participar en actividades de los partidos y movimientos políticos y en controversias políticas'.

Al respecto el concejal Sánchez dijo que: 'el fallo es claro en determinar que los argumentos están basados en una mala interpretación de la norma, yo nunca incurrí en ninguna inhabilidad y por el contrario fui víctima de improperios por parte de mis detractores, es por esto que iniciaré un proceso legal en contra de la señora Emma Doris López por daños morales y derecho al buen nombre'.