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Muerte, destitución y abandono de cargo son algunas de las causales de falta absoluta de la Presidencia que prevé la Constitución de Venezuela, pero no el ataque ejecutado durante la madrugada de este sábado por Estados Unidos que desembocó en la captura del mandatario venezolano, Nicolás Maduro, lo que ha abierto un nuevo capítulo de incertidumbre en el país suramericano.

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El artículo 233 de la Constitución establece seis causales de “falta absoluta” de un presidente: muerte, renuncia, destitución -decretada por el Tribunal Supremo de Justicia-, incapacidad física o mental, la revocación popular de su mandato -mediante un referéndum- o el abandono del cargo.

En ninguno de los casos contempla una situación como la ocurrida desde esta madrugada en el país suramericano, por lo que el escenario de una hipotética sucesión sería incierto.

Expertos consultados por EFE señalan que la Constitución anterior, vigente entre 1961 y 1999, sí tenía prevista una cadena de mando: ante la falta de un mandatario, asumía el cargo el jefe del Congreso y, si no podía, el presidente de la entonces Corte Suprema de Justicia.

El texto actual, vigente desde 1999, se apoya en la Vicepresidencia Ejecutiva y contempla dos escenarios ante la falta de un presidente que ya asumió el cargo, aunque ninguno de ellos se corresponde con la situación actual que, además, advierten expertos, le ocurre a un Gobierno de legitimidad cuestionada tras los comicios presidenciales de 2024.

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En el caso de un mandatario ya investido, el vicepresidente ejecutivo debería asumir el poder. Si la falta ocurre en los primeros cuatro años de mandato, el vicepresidente tendría que llamar a elecciones en los siguientes 30 días.

Si la falta absoluta ocurre en los últimos dos años de mandato, el vicepresidente debe terminar el período presidencial.

Desde la aprobación de esta Constitución, en Venezuela han habido dos sucesiones de poder presidencial por ausencia del mandatario.

La primera vez ocurrió en el contexto del intento de derrocamiento del 11 de abril de 2002 contra el presidente fallecido Hugo Chávez, quien entonces se encontraba en el segundo año de su mandato, tras las elecciones generales del año 2000.

En su ausencia, como establece la Constitución, el entonces vicepresidente ejecutivo, Diosdado Cabello, fue juramentado por la Asamblea Nacional (AN, Parlamento) y asumió la Presidencia por un día, entre el 13 y el 14 de abril, cuando Chávez retomó el poder.

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La segunda ocasión fue el 8 de diciembre de 2012, dos meses después de la última elección presidencial en la cual fue reelegido Chávez, quien aún no había asumido su nueva investidura y llevaba varios meses enfrentando un cáncer diagnosticado por médicos en Cuba.

Ese día, en un mensaje transmitido en cadena nacional, el mandatario anunció que delegaba su poder a Maduro, entonces vicepresidente, para que asumiera temporalmente el cargo y luego se postulara para terminar el mandato.

Maduro cumplía el próximo sábado, 10 de enero, el primer año de su tercer mandato presidencial, tras unos controvertidos comicios en los que el ente electoral -controlado por rectores afines al chavismo- declaró su reelección, pese a las denuncias de fraude de la oposición mayoritaria, que reclama la victoria de su candidato, Edmundo González Urrutia.

La vicepresidenta ejecutiva venezolana, Delcy Rodríguez, afirmó este sábado en una reunión del Consejo de Defensa Nacional que Maduro es “el único presidente” del país suramericano, y anunció que el consejo envió al Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) un decreto de estado de conmoción exterior para que “en las próximas horas” declare su constitucionalidad y sea ejecutado por las autoridades.

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El texto del documento, que puede otorgar “facultades especiales” ante una agresión externa, no se ha hecho público.

Tras la captura de Maduro, el presidente de Estados Unidos, Donald Trump, aseguró en una rueda de prensa este sábado que su Administración “va a gobernar” el país suramericano.