Lo sucedido en la Universidad Nacional ahora en mayo trae a la memoria de quienes éramos estudiantes universitarios en la época, las revueltas estudiantiles de mayo de 1968 en París que luego se expandieron por el mundo. En el centro de las protestas de los estudiantes estaba el rechazo al autoritarismo y al intervencionismo estatal en las universidades.

Las circunstancias no son iguales a las de mayo del 68 pero son parecidas. El detonante fue que el Ministerio de Educación dictó una resolución en la que citó al consejo superior de la UNAL a una sesión extraordinaria para encargar a un rector como cabeza de la institución mientras se dirime el conflicto entre rectores en pugna por la dirección de la universidad. En medio de los desórdenes suscitados por una parte del estudiantado y de la inconformidad de los miembros del consejo superior con la posición del Ministerio, se ha visto una vulneración de la autonomía universitaria. No es cualquier cosa, pues el reconocimiento de la autonomía de las universidades en la Constitución de 1991 es un principio sustancial y un logro histórico en los anales del desarrollo universitario colombiano. En vísperas de la convocatoria de la asamblea constituyente del 91, los rectores de la Asociación de universidades, ASCUN, reunidos en Medellín, expusimos a la opinión pública y al Estado las razones para que en la nueva constitución se consagrara la autonomía universitaria como efectivamente quedó expresado en el artículo 69 de la Carta Magna. El país estaba en mora de hacerlo. En 1918 el movimiento estudiantil de Córdoba, Argentina, logró que el gobierno radical de Hipólito Irigoyen se viera obligado a reconocer las demandas estudiantiles entre las que expresaban que “si nuestro movimiento ha sido capaz de realizar una revolución en las conciencias, no puede desconocérsele la capacidad de intervenir en el gobierno de su propia casa”.

El gobierno de la propia casa se reconoció por fin en Colombia, décadas después, en la Constitución del 91 en la que se garantiza la autonomía universitaria: Las universidades pueden darse sus directivas y regirse por sus propios estatutos, de acuerdo con la ley. La ley 30 de 1992 desarrolló ese principio ajustándose a la Constitución. Se trata ni más ni menos de la garantía que otorga el Estado al autogobierno de las universidades. La vigilancia del Ministerio al uso responsable de la autonomía tiene como fin asegurarla pero sin intervencionismos estatales. La pregunta de hoy es si vamos por el camino correcto, sin derivas autoritarias que no respetan el autogobierno.