Es evidente el consenso en Colombia sobre la gravedad del problema de la inseguridad ciudadana. Por eso, los miles de candidatos que se presentaron en las elecciones del mes pasado prometían como primer punto enfrentarse a ese flagelo. Y ya los gobernadores y alcaldes elegidos están anunciando medidas para hacerlo. O, mejor dicho, para tratar de hacerlo.

Unos anuncian mayor integración con las autoridades militares y de policía. Otros, más consejos de seguridad. Estos instalarán más cámaras de vigilancia, mientras aquellos ampliarán el pie de fuerza policial. Y algunos harán todo esto y más, si se les ocurre. Lamentablemente, todas estas acciones, aunque convenientes y aún necesarias, no son suficientes.

Por muchos bandidos que capturen, la ley ordena que los suelten. Recientemente, causó indignación en Bogotá la liberación del sujeto considerado “el rey del fleteo” en esa ciudad. Pero hace ya más de una década el subcomandante de la Policía Metropolitana de Cali, manifestaba: “Todos los días capturamos, todos los días recuperamos objetos que han sido hurtados a sus dueños. Todos los días nuestros policías se presentan frente a los fiscales y jueces para que procesen a los responsables de los delitos. A diario hacemos la tarea con entrega y sacrificio.” Y todos los días, porque lo ordena la ley, los jueces sueltan a los capturados.

La causa de la impunidad es la ley 906/04, que estableció el Código de Procedimiento penal conocido como la justicia oral. A los dos años de entrar en vigencia, los crímenes denunciados se habían cuadruplicado, no porque se hubieran cuadruplicado los delincuentes sino porque empezaron a soltarlos tan pronto los capturaban. El índice de criminalidad no para de crecer desde entonces, y hoy más de 50% de los capturados han sido arrestados entre dos y diez veces, superando en miles de casos más de 40 arrestos.

Entre sus incontables aberraciones, basta mencionar que mientras el término para legalización de capturas en países reconocidos por su respeto de los derechos humanos es mínimo 72 horas (en el Reino Unido puede llegar a dos meses), en Colombia es un imposible 36 horas. Las cargas impuestas para llevar adelante los procesos son tan exageradas y los tiempos son tan cortos que frecuentemente las autoridades no pueden cumplir con todos los requisitos de una norma ultragarantista y torcida.

En 2021, el presidente del Colegio de Abogados Penalistas de Colombia concluía: “Ya llevamos 15 años dándole espera a un sistema penal acusatorio que nunca funcionó” “Creo que desde el día uno se sabía que este sistema no iba a funcionar, creo que lo que hemos hecho es simplemente darle largas a un sistema en crisis. Si se tratara de tomar soluciones de fondo, habría que ya reconocer que fracasó y regresar a lo que teníamos antes, que era muchísimo mejor”.

Bien lo dijo el ex fiscal general Néstor Humberto Martínez: “El sistema no está preparado para llevar a cabo el sistema oral como está previsto, y adicionalmente porque la estructura legal del procedimiento contempla una cantidad de audiencias que hace prácticamente imposible adelantar procesos penales”.

Para que los recién elegidos gobernadores y alcaldes realmente puedan brindarles seguridad a sus gobernados, es indispensable que se reemplace la horrible ley 906/04 por una norma justa y que proteja a los colombianos. Lo demás serán meros aspavientos.