Dos noticias han pasado de largo en el debate nacional en torno a las fiscalías de Estados Unidos y España. Los órganos de investigación criminal en esos dos países han sido protagonistas recientes por su relacionamiento con la rama ejecutiva y judicial.
En Estados Unidos, el presidente Donald Trump retiró de su cargo a la Fiscal General, Pat Bundy, y hoy hay interinidad en el Departamento de Justicia. No sobra indicar que este departamento está compuesto por funcionarios de carrera, cuyo funcionamiento no depende del gobierno de turno. Sin embargo, su liderazgo sí recae en el Fiscal General, quien es nombrado por el presidente. Debe recordarse que en Estados Unidos ha habido grandes fiscales generales que contribuyeron a la edificación del sistema judicial. Frank Murphy y Robert Jackson, durante el gobierno del presidente Roosevelt, terminaron como jueces de la Corte Suprema de Justicia. Robert Kennedy ajustó la estructura de la justicia y defendió los derechos civiles. Se destaca también la valentía de Elliot Richardson, quien designó al fiscal especial Archibald Cox para investigar el caso Watergate y se negó a cumplir la orden presidencial de removerlo. Edward Levi reconstruyó el Departamento de Justicia luego de la crisis de Watergate, en la que un fiscal fue condenado y otros dos removidos por el presidente. Griffin Bell profesionalizó la entidad. En los últimos treinta años, sobresalen Janet Reno y Merrick Garland como referentes institucionales.
En el caso de España, el asunto es más complejo. El exfiscal general Álvaro García Ortiz, nombrado por el gobierno del presidente Pedro Sánchez, fue condenado por el Tribunal Supremo a dos años de inhabilitación por el delito de revelación de secretos, en un caso relacionado con Alberto González Amador, pareja de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso. La decisión judicial analizó el caso sin una demostración clara de responsabilidad jurídica y produjo una condena ambigua bajo la expresión de que el fiscal “podría haber realizado la filtración”.
Lo más delicado de esta decisión, que implicó la renuncia de García Ortiz, es que la propia Fiscalía presentó un recurso de nulidad ante el mismo Tribunal Supremo. A su vez, el exfiscal interpuso un recurso de amparo —equivalente a la acción de tutela en Colombia— contra la sentencia ante el Tribunal Constitucional, alegando la vulneración de sus derechos fundamentales, lo que traslada el debate del terreno penal al constitucional y evidencia la fragilidad jurídica de la sentencia.
Lo esencial de estos dos casos es claro: la elección de los fiscales no puede depender de manera directa de los ejecutivos. Es fundamental que los fiscales sean autónomos e independientes y que su designación se dé a través de mecanismos que introduzcan verdaderos contrapesos institucionales. En Colombia, el fiscal general es elegido por la Corte Suprema de Justicia de una terna presentada por el Presidente de la República. En Chile, existe un sistema más complejo en el que participan las tres ramas del poder público. No son modelos perfectos, pero sí buscan equilibrar poder e independencia.
Cuando esa independencia se ve comprometida, los fiscales quedan inevitablemente expuestos. Para el gobierno pueden ser aliados; para la oposición, objetivos. Esa tensión termina trasladándose a la institución: los órganos de investigación quedan en entredicho y los fiscales generales se convierten en actores de disputa política. No puede olvidarse que el 6 de noviembre de 2019 el presidente del Gobierno español, Pedro Sánchez, al ser interrogado sobre la Fiscalía, respondió de manera directa que esta dependía del Gobierno.
Al final de cuentas, la ciudadanía deja de creer en la justicia. Y cuando la justicia pierde credibilidad, el sistema deja de funcionar. Sin independencia real no hay Estado de derecho posible. Y cuando eso ocurre, la justicia deja de ser un límite al poder para convertirse en su instrumento.
Ex fiscal general de la Nación
Profesor del Adam Smith Center for Economic Freedom, Florida International University (FIU)


