Dentro del mundo empresarial, una práctica muy común es registrar como representantes legales según las necesidades de firma de documentos o de la operación del negocio, donde en muchos casos, aquellos nombrados pueden no tener presente las implicaciones que esto les puede significar durante e incluso después de salir del cargo; menos, cuando se trata de obligaciones con Administraciones Tributarias.
Actualmente, los representantes legales tienen una responsabilidad subsidiaria del cumplimiento de obligaciones formales en materia tributaria. Esto implica un deber del representante legal de supervisar que la sociedad cumpla con sus deberes formales, so pena de eventualmente poder terminar respondiendo con su propio patrimonio frente a deudas fiscales de la empresa en la cual se trabaja, si es que esta no las solventa.
Pese a lo anterior, la DIAN recientemente, en su Doctrina Oficial del mes de abril del año en curso, afirmó que esta responsabilidad aplica no solo para los representantes legales en funciones al momento del incumplimiento de la obligación, sino eventualmente también para quien ocupa el cargo actualmente —momento en el cual la Administración Tributaria requiera a la empresa—.
Si bien esto parecería una formalidad, esta posición reciente de la Autoridad Tributaria, para el mundo empresarial, representaría un hito, pues cualquier persona que acepte un cargo de representante legal podría responder con su patrimonio personal ante la DIAN en caso de ser vinculada junto con la empresa respectiva. Y esto no solo impacta a las personas aceptantes de cargos de representación legal, sino que, adicionalmente, en un mundo de continuos negocios, entre ellos, de adquisiciones de compañías, implica mayores debidas diligencias para el comprador de una empresa.
Por último, cabe mencionar que la misma Autoridad Tributaria señala que esta responsabilidad del representante no se termina con el fallecimiento, pues las obligaciones tributarias preexistentes a su muerte no se extinguen, sino que se trasladan a su patrimonio sucesoral.
Las modificaciones que se pretenden implementar en las empresas a partir de esta nueva interpretación tributaria deben ir de la mano de una correcta revisión del cumplimiento de obligaciones tributarias actuales y pasadas. En últimas, es claro que esta eventual lectura tendrá considerables afectaciones en los procesos de auditoría y de control de las empresas.
@Holland_Knight








