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El Consejo de Estado tumbó la personería jurídica el movimiento liderado por el expresidente Ernesto Samper, Poder Popular.

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Esto luego de que la demanda en contra de la Resolución 6886 de 2023,expedida por el Consejo Nacional Electoral (CNE), que otorgó personería jurídica al movimiento político.

La acción fue presentada en octubre de 2024 por la abogada Manuela Arredondo, argumentando que este acto administrativo estaba viciado de falsas motivaciones y que el movimiento no cumplía con los requisitos constitucionales y legales para recibir dicho reconocimiento.

Según la demandante, Poder Popular nunca existió como un partido político independiente, sino que fue una tendencia interna del Partido Liberal Colombiano. Alegó que el movimiento no había participado de forma autónoma en elecciones.

El Poder Popular se había presentado como víctima mostrando el atentado ocurrido contra el expresidente Samper ocurrido el 3 de marzo de 1989. En ese entonces el exmandatario iba camino a Cúcuta en un vuelo desde Bogotá.

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La demandante aseguró que el CNE basó su decisión en una interpretación errónea de los precedentes jurisprudenciales de la Corte Constitucional y aceptó sin pruebas suficientes los argumentos presentados por Samper.