Durante el V Encuentro Nacional de la Jurisdicción Disciplinaria y I Encuentro Nacional de Altas Cortes, que se adelanta en la ciudad de Barranquilla hasta este viernes, la fiscal general de la Nación, Luz Adriana Camargo, se refirió a los mecanismos de la nueva ley 2477 del 2025 sobre justicia restaurativa para descongestionar los casos que llegan a los jueces de la república.
“Estamos entendiendo que la justicia restaurativa tiene un balance entre la reparación de las víctimas y la necesidad de la resolución de los casos. En ese sentido, la nueva ley tiene un aspecto importante, como lo es el principio de oportunidad, que tiene. un impacto importante en su rubro de organización para el hecho de que pueda ser utilizado por fiscales”, dijo.
Con respecto a esto, argumentó que: “Anteriormente, este principio venía lleno de controles, con una estructura centralizada, sujeto a unas aprobaciones del despacho o del fiscal general, que no le permitían ser muy dinámico. Ahora ya se dejaron de lado esos controles, y se resolvió solo el control judicial, que es muy importante, y la respuesta a eso es que hoy tenemos un principio de oportunidad que nuestros fiscales, que son los encargados de este mecanismo”.
Seguidamente, fue enfática en que “la reparación de integridad es otro de los principios fundamentales de esta ley, porque cuenta con la posibilidad de terminación anticipada de los procesos con acuerdos preparatorios que brindan reparación de una u otra forma al implicado en el caso”.
Por otro lado, Camargo destacó que “la ley tiene mucho impacto en cómo gestionamos el sistema penal y superamos las barreras que tenemos inmensas de congestión de procesos para adelantar las investigaciones y todo lo que conlleva tener una justicia inducida”.
Visión de los magistrados
Desde la Corte Suprema de Justicia, el magistrado Diego Eugenio Corredor comentó que la ley 2477 de justicia restaurativa surge como renovación de las normas en Colombia
“A partir del año 93 empezamos a ver que era lo que era lo que estaba pasando por la congestión judicial en las salas de casación penal y la demora en la resoluci de los conflictos. Nos hicieron caer en cuenta que teníamos una serie de normas que habían llevado a que la esencia del sistema acusatorio se perdiera. De ahí surgió la necesidad de implementar soluciones fuera de lo tradicional para las normativas del país”, dijo.
Jose Joaquin Urbano, otro magistrado de la corte, destacó también que la ley de justicia restaurativa genera un balance entre los sistemas teóricos y prácticos de reparación integral.
“Hay desbalances entre la profundidad de la proporción de algunos casos que se analizan en la justicia, no es posible que por un acto terrorista alguien pague 8 años y por robar un celular se pague más de 28, no hay racionalidad. Entonces todas estas nuevas normativas nos permiten entender la proporción de los actos bajo la búsqueda de la reparación de las víctimas”, aseveró.


