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La Sala Especial de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia debe remitir el expediente que avanza contra el expresidente y exsenador Álvaro Uribe por supuesto soborno en actuación penal y fraude procesal, por lo cual se ordenó su detención el pasado 3 de agosto.

Así lo informó la Procuraduría General, al explicar que con la renuncia de Uribe a su curul en el Senado, el alto tribunal 'perdió la competencia para continuar con los procesos que tengan relación con delitos comunes'.

Este martes también se conoció otra decisión del Ministerio Público en el marco del mismo caso.

El procurador Fernando Carrillo suscribió una decisión el pasado 11 de junio en la que niega la solicitud de Jaime Granados, abogado del expresidente Uribe, de revisar la conducta del senador Iván Cepeda por supuestas fallas disciplinarias como legislador al recibir presuntos falsos testimonios en cárceles del país.

No obstante, la Procuraduría resolvió que la actuación de Cepeda fue en el marco de la función de control político que puede ejercer la Rama Legislativa.

Masacre de El Aro. De otro lado, el exfiscal Luis Eduardo Montealegre anunció este martes una denuncia ante la Corte Suprema de Justicia en contra del también exgobernador Álvaro Uribe, 'por los delitos de lesa humanidad cometidos en las poblaciones de El Aro y La Granja, en 1996 y 1997 '.

Para el exfiscal y su ex vicefiscal Jorge Perdomo, quien acompaña la denuncia, el exmandatario de Antioquia en la segunda parte de los noventa habría cometido los punibles de homicidio en persona protegida, lesiones, actos de terrorismo, desaparición forzada, tortura y desplazamiento forzado.

Montealegre se basó en '20 ejes' para la denuncia de casi un centenar de páginas, entre los cuales señala que 'a pesar de que Uribe conocía que estas poblaciones estaban bajo riesgo de ataque no tomó las medidas necesarias y efectivas para evitar las atrocidades que allí ocurrieron'.

Puso de presente que la Corte Interamericana de Derechos Humanos condenó a Colombia por encontrarla responsable de las masacres de Ituango. El órgano judicial comprobó, dice, 'que las autoridades del departamento tenían pleno conocimiento sobre el riesgo de una incursión paramilitar en el territorio.

Además, sostiene que a la luz del derecho nacional e internacional existen bases teóricas suficientes para afirmar que la Corte Suprema de Justicia 'no pierde competencia para conocer los delitos de lesa humanidad, ni tampoco de los delitos comunes conexos –fraude procesal y soborno en actuación penal– por los que actualmente se le cuestiona', y añade que la 'ruptura del contexto en esta investigación implicaría una violación al derecho internacional de los derechos humanos'.