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Esta semana se conoció un pronunciamiento del Consejo de Estado que llama la atención sobre un hecho que marca una pauta: la necesidad de hacerlo 'desde la perspectiva de su reconocimiento como mujer' y 'como mujer menor de edad'.

El concepto se da en medio de un fallo del máximo tribunal de lo contencioso administrativo que ordena reparar a una madre y a su hija por el asesinato, dentro del conflicto, del padre de la familia.

La sentencia inicia explicando que aunque la guerra en el país ha afectado tanto a hombres como a mujeres, 'es indiscutible que los efectos entre unos y otros tienen ciertas diferencias', y precisa que este carácter diferencial viene dado 'en la forma de afrontar la violencia para cada cual y en cómo las cargas que genera el conflicto sobre la mujer son mayores por cuanto en la mayoría de casos es la mujer quien se encarga de regenerar el tejido social ', pues con la ausencia de un integrante de su familia, se produce 'la desarticulación y desarraigo de los hogares', las mujeres se ven forzadas 'a asumir la posición de madres cabezas de familia proveedoras del hogar '.

El alto tribunal, en relación a los niños, indica por otra parte que el conflicto armado los ha marcado, por supuesto, para mal, y de manera reiterada, 'convirtiéndolos en víctimas silenciosas de la guerra' y advierte que 'aunque los menores sean víctimas indirectas de la violencia, esta condición cambia a la de víctima directa cuando se fractura su estructura familiar, por el especial reconocimiento y protección que tienen las niñas y niños por su condición particular de vulnerabilidad'.

Al respecto, la investigadora de la Escuela de Estudios de Género de la Universidad Nacional y del Centro de Memoria Histórica, CNMH, Nancy Prada, en diálogo con EL HERALDO, consideró 'importante que se mantenga como sujetos especiales de protección a las mujeres, porque sí suceden cosas particulares dentro del conflicto que las afectan de manera desproporcionada y la institucionalidad necesita esa directriz para diseñar sus actuaciones'.

Ahonda además la experta en que las mujeres que han perdido a sus padres o esposos en la guerra 'no solo padecen el cambio de rol por la ausencia de los hombres que eran antes cabeza de familia, sino que las mujeres, por el mismo rol histórico que han ocupado en el entramado social, no estaban preparadas para asumir esos roles, es decir, no tenían experiencia en lo público, en la relación con las instituciones, en el trabajo asalariado: cuando pasan a cabezas de hogar tienen la necesidad de hacerlo pero no cuentan con los capitales culturales, económicos o simbólicos para hacerlo'.

A su vez, la representante a la Cámara por Bogotá, Ángela Robledo, integrante de la Comisión Legal para la Equidad de la Mujer y de la Comisión de Paz, dijo a EL HERALDO que la alegró esta disposición de la alta corte de lo contencioso administrativo 'en la medida en que siguen siendo llamados, legislaciones, pronunciamientos que señalan la urgencia en la atención a mujeres y niños'.

No obstante, aclara la parlamentaria del Partido Verde, 'lo que hace es ratificar una serie de disposiciones, de autos y sentencias de la Corte Constitucional' y, asimismo, recuerda que 'la Ley 1448 (Ley de Víctimas) creó un principio que ordena aplicar el enfoque diferencial para la atención en términos de restitución de tierras y de reparación integral a víctimas, y eso implica que tanto los niños y las niñas, por el artículo 44 de la Constitución, como las mujeres, deben tener una atención especial'.

Robledo se refiere a normativas que cita la sentencia del Consejo de Estado, como las de la Corte Constitucional. En uno de sus apartes sobre las mujeres señala que ellas 'sufren un impacto diferencial de la violencia armada', sobre todo porque 'las sobrevivientes deben afrontar nuevas responsabilidades, serios obstáculos y graves implicaciones psicosociales que por lo general no están en condiciones materiales ni emocionales de afrontar'.

Y sobre los niños, la misma corte indica que 'la Constitución reconoce no solo la índole fundamental de los derechos de los niños y niñas y su prevalencia sobre los derechos de los demás, sino también la protección de la cual deben ser objeto y el compromiso de la familia, de la sociedad y del Estado (…)', que se justifica, fundamentalmente, 'en cuanto se trata de una población vulnerable, frágil, que se encuentra en proceso de formación y como tal se hace merecedora de una atención especial'.

La representante critica el hecho de que 'no vemos que se materialice esto en la realidad, porque tenemos exceso de normatividad pero muchas veces desde los ministerios o desde los departamentos o municipios no se da cumplimiento a lo dispuesto'.

Un Ministerio de la Mujer. Propone Robledo dos medidas concretas para reivindicar desde las instituciones los derechos de las mujeres y los niños: fortalecer el Sistema Nacional de Bienestar Familiar y reemplazar la Alta Consejería para la Equidad de la Mujer por el Ministerio de la Mujer.

Sobre lo primero, señala que 'el Sistema debemos fortalecerlo. Eso está a la mano y obligaría a que se trabaje de manera coordinada, en especial para la atención de la mujer, de la familia y de los niños en los territorios, en términos de salud, educación, cultura, trabajo y de acceso a la tierra para las mujeres a través del Incoder'.

En segundo término, advierte que la Consejería actual 'no tiene los dientes necesarios para hacer que la política de equidad y de mujer sea una realidad y que sea transversal a nivel nacional y departamental y las consejeras duran muy poco', por lo que, plantea, 'un ministerio fuerte, con todas las de la ley, que le permitiría al país hacer real la normatividad y las políticas públicas que han venido agenciándose de tiempo atrás, que no son solamente políticas de Estado, sino que necesitan espacios de coordinación y recursos.'

Las mujeres en La Habana. Hace un par de meses, más de 1.500 mujeres colombianas, que se reunieron en las mesas regionales de paz en todo el territorio, enviaron sus propuestas para que sean tenidas en cuenta en la mesa de paz entre el Gobierno y las Farc en La Habana.

'Van 4 mil propuestas, de cerca de 3. 200 personas, de las cuales el 52 por ciento son mujeres, ahí hay propuestas concretas, para la implementación el posconflicto en términos de exigencias de derechos, salud, educación, ingresos, memoria, justicia, reparación y la exigencia de que en esta fase un grupo de mujeres sean escuchadas de viva voz en La Habana', dijo la legisladora.

Entre las mujeres que proponen sus ideas para un país en paz están, por supuesto, las víctimas, que según Prada y las investigaciones del CNMH, han sido victimizadas de distintas maneras en medio del enfrentamiento armado.

'Dentro de los repertorios de violencia de paramilitares, guerrillas y fuerzas armadas, hay unas que les suceden a las mujeres por el hecho de ser mujeres, es decir, hablamos por supuesto de violencia sexual, pero también de otros temas que son menos visibles', advierte la académica.

Explica que se trata, entre otros, 'de los impactos del desplazamiento forzado cuando ocurren sobre mujeres, o lo que tiene que ver con el control de los cuerpos y las vidas de las mujeres que es distinto que sobre los hombres, y las amenazas y el control de los armados en los territorios bajo su control, tienen especificidades de género, es decir, para las mujeres estas formas de conducta o códigos de ética no son los mismos que sobre los hombres'.

Y, finalmente, señala que 'dentro de la violencia sexual, que la reducimos solo a la violación, en realidad hay asuntos graves como el aborto forzado y la esterilización forzada, entre otros'.

Ver morir al esposo y padre. El fallo emitido por la Sección Tercera del Consejo de Estado, con ponencia del magistrado Jaime Orlando Santofimio, ordenó la reparación integral de Liliana Zambrano y su hija menor de edad, Jéssica, por haber perdido a su esposo y padre, un agente de la Policía, en la toma que las Farc realizó a la estación de Barbacoas, Nariño, en junio de 1997.

Menciona el alto tribunal que ambas víctimas 'presenciaron el combate en donde perdiera la vida su compañero y padre' y destacó, además, que 'la señora Zambrano contribuyó con la Policía proveyendo la alimentación para el personal (…) sin importar el peligro al cual se veían expuestas ella y su hija, (…) en una estación (…) en donde los habitantes tenían prohibido proveer de cualquier alimento, bien o servicio a la Policía'.

Sobre la pequeña, el Consejo narra que la menor 'presenció la toma del municipio de Barbacoas, en donde evidenció la crueldad de la guerra al ver a su padre víctima de múltiples impactos de bala propinados por el grupo insurgente, entre ellos un disparo a corta distancia en la cabeza, el cual le ocasionó la muerte'.

Y agrega la alta corte de lo contencioso administrativo que la niña 'también ha sido víctima del rompimiento de su estructura familiar, como consecuencia de la cual no solo ha sufrido repercusiones ante la desaparición del padre sino de los daños psicológicos ocasionados en la madre, que tal como lo señala el informe de Medicina Legal, han generado una ‘relación simbiótica’ dañina'.

Por lo tanto, el alto tribunal, al encontrar que hubo fallas en el servicio de la Policía por no atender el llamado de refuerzos ni haber dotado a los agentes ni a la estación de las armas e instrumentos adecuados, condenó a la Policía a pagar más de 450 millones de pesos por 'perjuicios morales y materiales y por la violación de los bienes constitucionales a la vida, a la familia y la dignidad de las dos mujeres'.

La reparación integral incluirá una ceremonia en la que la Policía les ofrecerá disculpas y les reconocerá su condición de víctimas del conflicto armado. Víctimas que por su condición de mujeres y niña, lo son el doble.