
No tocar la Procuraduría
En primer lugar debemos recordar que la Procuraduría General de la Nación es la respuesta primaria esencial a un Estado Social de Derecho. Es parte de la estructura Constitucional de una democracia que tiene configurado sus tres poderes públicos para su accionar y delimita estrictamente el Poder Jurisdiccional cuya cabeza es precisamente la Procuraduría, es decir es el poder de vigilancia absolutamente necesario y obligante. La aún vaga propuesta del nuevo gobierno enuncia la posibilidad de convertirla en una gran Fiscalía, lo cual desde el punto de vista procedimental con fondo jurídico impostergable es casi imposible por la definición de sus funciones. Estas son en la Fiscalía unas muy precisas y en la Procuraduría igualmente muy claras y contundentes. Así pues, este primer punto es netamente analizado desde la óptica jurídica Constitucional que no se cambia con una firma sino que requiera una reforma de la Constitución.
El gobierno que se inicia recientemente ha manifestado en algunas ocasiones que intenta iniciar un proceso institucional para desaparecer la Procuraduría General de la Nación entidad rectora de la vigilancia jurídica del comportamiento de las instituciones del Estado y sus funcionarios desde las más altas categorías hasta las más simples. Sería un error muy grande si se llegara a presentar esta opción y mucho más grave si tuviese resultado positivo. Trataremos de explicar desde tres puntos de vista que consideramos sustanciales la razón de esta afirmación.
En primer lugar debemos recordar que la Procuraduría General de la Nación es la respuesta primaria esencial a un Estado Social de Derecho. Es parte de la estructura Constitucional de una democracia que tiene configurado sus tres poderes públicos para su accionar y delimita estrictamente el Poder Jurisdiccional cuya cabeza es precisamente la Procuraduría, es decir es el poder de vigilancia absolutamente necesario y obligante. La aún vaga propuesta del nuevo gobierno enuncia la posibilidad de convertirla en una gran Fiscalía, lo cual desde el punto de vista procedimental con fondo jurídico impostergable es casi imposible por la definición de sus funciones. Estas son en la Fiscalía unas muy precisas y en la Procuraduría igualmente muy claras y contundentes. Así pues, este primer punto es netamente analizado desde la óptica jurídica Constitucional que no se cambia con una firma sino que requiera una reforma de la Constitución.
En segundo término cabe una pregunta elemental: Cómo es posible que se piense en eliminar este ente de control que tiene nuestra legislación, enfocado hacia el comportamiento de los funcionarios del estado, en un país como el nuestro que está inundado de corrupción hasta los más altos límites inimaginables y que por el contrario lo que necesita cada día más es estricto control, vigilancia, contundencia y castigo? Por Dios si lo que necesitamos en Colombia es precisamente que se aumente hasta sus máximos ontológicos el ejercicio de la autoridad y que ésta permita disminuir intensamente los niveles de impunidad que arrastramos como una vergüenza de nuestras grandes necesidades públicas. De modo que esta propuesta no solamente asusta sino que sería un indicativo desde ahora a la delincuencia que están a las puertas de tener más horizontes para sus atrocidades y robos y que la impunidad la tendrán a su favor.
Por último es obligatorio destacar que pocas veces en años anteriores habíamos tenido tanto orgullo Patrio de tener una Procuradora de tanta altura, eficiencia y responsabilidad como lo tenemos ahora con la Doctora Margarita Cabello Blanco, un honor de ser costeña con una dedicación reconocida a todos los niveles que no solamente ha entregado resultados positivos a granel sino que ha dejado y está dejando muy en alto la estructura de vigilancia de los funcionarios oficiales. Que absurdo sería precisamente en este momento de transformación de la entidad que se piense en el adefesio comentado.
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