
Corte respalda a testigo de Jehová que se niega a recibir transfusión
La adolescente de 17 años se negaba a recibirla, pese a la leucemia que sufre.
“La Corte Constitucional suspendió, como medida provisional, la sentencia de segunda instancia y el acto administrativo del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) que ordenaban, al personal médico del Hospital La Misericordia de Bogotá, realizar transfusiones de sangre a una joven de 17 años testigo de Jehová, diagnosticada con leucemia linfoide aguda tipo B, que se niega a recibirlas por considerarlas contrarias a sus creencias religiosas”.
Con esa decisión, el alto tribunal impidió que una joven testigo de Jehová, de 17 años, recibiera una transfusión de sangre para tratarle una leucemia linfoide aguda tipo b y tanto la joven como su familia aseguran que se trata de una decisión “libre y fundada en sus creencias religiosas”.
#LaCorteInforma @CConstitucional no admite que personal médico realice transfusiones de sangre a testigo de Jehová que se niega a recibirlas. pic.twitter.com/buNnm7paO0
— Corte Constitucional (@CConstitucional) April 23, 2021
La adolescente presentó acción de tutela en contra del ICBF, debido a que este dispuso, como medida de restablecimiento de derechos, que sus médicos tratantes llevaran a cabo todos los procedimientos necesarios para salvaguardar su vida e integridad, lo cual incluye transfusiones de sangre, en caso de que los médicos del Hospital así lo determinen.
En primera y segunda instancia los jueces decidieron amparar los derechos fundamentales a la vida digna, al libre desarrollo de la personalidad, a la libertad de conciencia, a la libertad de cultos y a la salud de la accionante. Sin embargo, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en segunda instancia, dispuso que el personal médico podía realizar transfusión de sangre únicamente en caso de requerirse con extrema urgencia.
“La jurisprudencia reciente de la Corte Constitucional ha conocido que los menores adultos tienen derecho a decidir o participar en las decisiones que afectan su salud y sus vidas”, se lee en la tutela del alto tribunal.
La Corte destacó que la joven y sus padres han sido informados sobre la importancia de la transfusión de sangre dentro del tratamiento de la leucemia y las consecuencias de no llevarlo a cabo, pero ellos han manifestado, en reiteradas oportunidades, su decisión libre y fundada en sus creencias religiosas de no recibir dichas transfusiones de sangre.
La decisión de la Corte Constitucional dejó claro que la adopción de la medida provisional no implica prejuzgamiento alguno ni anticipa el sentido de la decisión final. También advirtió a la Fundación Hospital La Misericordia y a su personal médico que deben continuar prestando la atención en salud de la manera en la que lo han hecho hasta el momento, es decir, acorde a la enfermedad que padece la adolescente, pero de forma respetuosa con la decisión de la paciente y sus padres.