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Colombia

Corte Constitucional niega tutela a Álvaro Uribe y mantiene imputación

Una apretada decisión de 5 contra 4 despachó desfavorablemente la acción constitucional del expresidente.

La sala plena de la Corte Constitucional en sesión presencial de este miércoles resolvió negar la acción de tutela interpuesta por el expresidente Álvaro Uribe en contra del Juzgado 4 Penal del Circuito de Bogotá con Funciones de Conocimiento, con lo que el proceso contra el exmandatario por presunta manipulación de testigos seguirá su curso en un despacho judicial.

El fallo, con ponencia del magistrado Alejandro Linares, ordenó “revocar la sentencia proferida por el Tribunal Superior de Bogotá el 26 de enero de 2021 y negar la tutela de Álvaro Uribe contra el auto del 6 de noviembre de 2020 del Juzgado 4 Penal del Circuito de Conocimiento de Bogotá”.

Sin embargo, advierte la providencia que “si las partes identificaren ámbitos de indefensión de garantías fundamentales podrán solicitar una audiencia innominada ante un juez de control de garantías”.

La votación fue de cinco votos a favor de la ponencia: Gloria Ortiz, José Fernando Reyes, Cristina Pardo, Diana Fajardo y el ponente Linares. Y hubo cuatro votos en contra: Paola Meneses, Alberto Rojas Ríos, Jorge Enrique Ibáñez y Antonio Lizarazo, con un salvamento parcial de voto.

“La Corte decidió luego de varias horas de discusión y de escuchar argumentos y tratar de llegar a una fórmula que permitiera un consenso, partiendo de la base de que es un vacío normativo en el cual la Corte tuvo que acudir a principios del derecho procesal por la dificultad de adecuar una situación de la Ley 600 de 2000 a la Ley 906 de 2004. La pregunta era si la indagatoria equivale a la imputación y la Corte señaló que cuando hay un cambio de sistema procesal por renuncia o adquisición de fuero constitucional, durante la etapa de la investigación conservará validez todo lo actuado, ya que hay una equivalencia funcional”, explicó Linares.

Y reiteró que, no obstante, la Corte señaló que si alguna de las partes del proceso penal, Fiscalía o el procesado, lo considera, podrán solicitar al juez de control de garantías una audiencia innominada para efectos de que se analice si hubo o no alguna vulneración de las garantías fundametales del procesado o las víctimas.

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