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La acción de tutela que interpuso el Instituto Nacional de Vías para tumbar las medidas cautelares que mantienen frenado el cobro de valorización en Atlántico y Bolívar podría ser declarada improcedente. El abogado Carlos Paternostro confirmó que se hizo una solicitud al Consejo de Estado para tomar esta decisión debido a un posible conflicto de interés y por presentación simultánea del documento a dos estancias judiciales.

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“Pedimos declarar improcedente la acción de tutela por la existencia las acciones de apelación y recursos de reposición contra la medidas cautelares proferidas por el Tribunal del Atlántico, ya que se hay un desgaste de la administración de la justicia toda vez que han acudido simultáneamente a dos vías, tanto al Tribunal como al Consejo de Estado con la tutela para reactivar el cobro”, explicó Paternostro.

Sumado a esto, el representante jurídico viene alegando que hubo una falta de notificación de la tutela a los terceros afectados y por no agotar los recursos existentes ante la ley.

“Se les ha negado a los propietarios de la zona de influencia ejercer su defensa toda vez que no fueron notificados de la acción de tutela para tumbar las medidas cautelares por parte del Invías, de igual forma, no se hizo mención de la preexistencia de los recursos de la ley impetrados por los mismos ante el Tribunal Contencioso del Atlántico”, dijo.

Por otro lado, el abogado reveló un posible impedimento por parte del magistrado que lleva a cargo el proceso en el Tribunal del Atlántico.

“Hay posibles impedimentos contra el Magistrado que lleva la Acción Popular en el Contencioso, Dr. JORGE FANDIÑO GALLO, carentes de soportes fácticos y jurídicos, mal

fundamentado por el hecho de que este funcionario detenta la propiedad de un inmueble en la ciudad de Cartagena, comprendido dentro de los Ciento Veintitrés mil (123.000) predios afectados, presumiendo, de mala fe, que puede existir un “interés” de dicho Magistrado, al momento de tomar decisiones incompatibles con su cargo”, comentó.