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Por el proceso de actualización catastral que se viene ejecutando en el sector ll del municipio de Soledad, la Alcaldía local, en cabeza de Alcira Sandoval, ofrecerá un nuevo alivio económico al límite del pago del impuesto predial unificado para el período gravable 2025 a todos los contribuyentes de esta zona.

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La iniciativa, que fue aprobada por el Concejo Municipal, se basa en un ajuste por equidad que tendrá términos diferentes para cada predio.

En el caso de los predios de estrato 1 y 2 de tipo urbano, cuyo avalúo catastral sea igual o inferior a 135 mínimos mensuales legales vigentes (SMLMV), y el valor del impuesto predial no podrá incrementarse más del 100% del IPC (Índice de Precios al Consumidor) respecto al año anterior.

Mientras que los predios que no tengan mutación catastral, pero cuyo avalúo aumentó como resultado del proceso de actualización catastral, tendrán como límite máximo de impuesto predial el doble del valor liquidado en 2024.

Para los predios con mutación catastral y avalúos que no superen los 1.000 SMLMV, el impuesto predial se calculará de la siguiente forma: se tomará el valor liquidado en 2024 y se le sumará una cantidad fija en Unidad de Valor Tributario (UVT).

Por su parte, los predios con cambios físicos y avalúos mayores a 1.000 SMLMV, el impuesto predial no podrá superar el doble del valor liquidado en 2024.

Otro aspecto a tener en cuenta es que para quienes paguen el impuesto predial 2025 durante la misma vigencia, en los años 2026 a 2029 el aumento será del IPC + 8 puntos porcentuales anuales.

Aquellos que no paguen dentro de la vigencia 2025, el impuesto en los años siguientes se incrementará en un 50% sobre el valor liquidado del año anterior.

La administración municipal resaltó que el ajuste por equidad no aplica para:

• Predios urbanizables no urbanizados o urbanizados no edificados.

• Predios con nuevas construcciones que expliquen el aumento del avalúo.

• Predios con autoavalúo o autoestimación de avalúo.

• Predios con cambio de uso o modificaciones de área.

• Predios mayores a 100 hectáreas en zona rural.

Cabe resaltar que este ajuste es independiente del descuento por pronto pago y entra en vigencia a partir de su publicación oficial y aplicará únicamente a los predios ubicados en el Sector II del municipio de Soledad que fueron objeto de actualización catastral, para la vigencia 2025.

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