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Política

Corte daría aval a la Ley de Borrón y Cuenta Nueva

El autor, el senador David Barguil, del Partido Conservador, afirmó que la ponencia del magistrado Alejandro Linares tiene aceptación en sus colegas.  

El senador David Barguil, del Partido Conservador, autor de la Ley de Borrón y Cuenta Nueva, afirmó que la Corte Constitucional daría aval a la ponencia del magistrado Alejandro Linares, que dice sí al articulado que otorga amnistía a deudores en las centrales de riesgo.

"Nos filtran de la Corte Constitucional que le darán aval a la Ley de Borrón y Cuenta Nueva en centrales de riesgo, que está mañana de cuarta en el orden del día", indicó la oficina de prensa del legislador.

La normativa establece amnistía por única vez para quienes se pongan al día en los 12 primeros meses de vigencia de la ley o ya lo hayan hecho con anterioridad. Saldrán de las centrales de riesgo en máximo seis meses.

Y estudiantes con créditos educativos del Icetex, pequeños productores, jóvenes rurales, mujeres rurales y víctimas del conflicto armado que extingan su deuda saldrán inmediatamente del reporte negativo.

Así mismo, las personas que tengan deudas inferiores al 15% del salario mínimo (menos de $136.279) recibirán dos comunicaciones antes de ser reportadas negativamente (con 20 días de diferencia entre una y otra comunicación).

La calificación crediticia deberá normalizarse de inmediato cuando se elimine el reporte negativo, la consulta de información crediticia siempre será gratuita en todo tiempo y en todos los canales y no disminuirá la calificación y se prohíbe la consulta a las centrales de riesgo para otorgar un empleo, excepto para empleados del sector financiero.

"Se protege a las víctimas de suplantación personal. Con la sola comunicación y acompañando como mínimo de la copia de la denuncia penal del fraude a la entidad financiera se eliminará el reporte negativo, dejando una leyenda que indique 'víctima de falsedad personal'", se lee en el abecé de la norma.

La ley dispone además que el tiempo del reporte negativo en las centrales de riesgo será del doble del tiempo de la mora y hasta máximo cuatro años. Sigue como está en la ley actual de 'habeas data'.

"Se ordena a las centrales de riesgo crear una aplicación digital y gratuita de acceso público a todos los titulares de datos, donde se generen alertas al momento de adquirir nuevas obligaciones, esto para mitigar el riesgo de suplantaciones”. (La información debe actualizarse máximo 5 días después de adquirida la obligación).

(...)  En el mercado crediticio seguirá existiendo suficiente información que permita tomar decisiones a los establecimientos de crédito. El historial crediticio de las personas naturales y jurídicas se mantiene, tanto para las personas con buenos hábitos de pago como para las personas con malos hábitos de pago (...)

(...) Para otorgar un producto o un crédito las entidades del sistema financiero no podrán usar exclusivamente el historial crediticio. Deberán considerar otros factores o elementos de juicio que inciden en el estudio de riesgo. Además, se les exige indicar por escrito los motivos del rechazo de una solicitud", dispone el proyecto.

Finalmente, se indica que con la norma serán eliminados los reportes negativos causados entre el inicio de la emergencia sanitaria causada por la covid-19 y el 31 de diciembre de 2020, siempre que los titulares de la obligación hayan intentado una reestructuración de la obligación. Y de continuar la mora posterior al 31 de diciembre de 2020, sí se reanudará el reporte.

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