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Siguiendo las novedosas tendencias de monitoreo electrónico, la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) puso en marcha un novedoso sistema para garantizar el cumplimiento de las sanciones impuestas a exguerrilleros y militares retirados, comparecientes ante esta jurisdicción.

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La medida se aplicará en sentencias como las reciente emitidas en el marco del #Caso03 por asesinatos y desapariciones forzadas ilegítimamente presentadas como bajas en combate, por agentes del Estado en la Costa Caribe. Entre ellos la sanción por 8 a 12 años, de 12 exmilitares del Batallón La Popa, responsables de 135 del mencionado delito. Además de la sentencia al antiguo secretariado de las Farc por más de 21.000 secuestros.

JEP

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Harvey Danilo Suárez, secretario ejecutivo de la JEP, explicó las características propias del dispositivo electrónico de monitoreo; los comparecientes deberán portar relojes o dispositivos similares a celulares, con un software especial que registra en tiempo real su ubicación y desplazamientos.

A diferencia de los brazaletes electrónicos, existe una ventaja que evita intromisiones en la intimidad y reduce riesgos de seguridad, al no contar con grabación de audio y video.

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Adicionalmente, cada dispositivo cuenta con georreferenciación y cerco digital perimetral. Si el sancionado sale de la zona asignada, se activa una alerta inmediata en el centro de control. Hasta el momento se ha puesto prueba en la ciudad de Neiva, donde reportes detallan velocidad de desplazamiento, nivel de batería y dirección exacta, con registros en tiempo real visibles las 24 horas.

El cumplimiento de las sanciones cuenta con monitoreo en terreno, verificación internacional, veeduría ciudadana y acompañamiento de la Procuraduría Delegada ante la JEP, como medidas de fortalecimiento a la apuesta del monitoreo electrónico.

Las víctimas también cuenta con voz propia en la supervisión de las actividades restaurativas en ciudades como Neiva, Vitalito y Palmira.

Hasta el momento, la JEP ha reportado más de 1.500 horas de monitoreo digital, lo que representa un mecanismo verificable y tangible de las sanciones propias contempladas en el Acuerdo de Paz.

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