El presidente Gustavo Petro sancionó el pasado viernes en el municipio de Cereté, en el departamento de Córdoba, la ley estatutaria de la Jurisdicción Agraria, para “que sean los jueces, que sean los magistrados, que sea la justicia que rápidamente dirima el conflicto de cercas, el límite, que sea una justicia al servicio del pueblo”. Esta justicia para lo rural había quedado contemplada en el primer punto del Acuerdo de Paz firmado en noviembre de 2016 entre el Estado colombiano y las extintas Farc, por lo que fue tramitada en desarrollo del Acto Legislativo 03 de 2023, que le ordena al Congreso expedir la normativa necesaria para definir su estructura y competencias.
La nueva jurisdicción busca proteger la propiedad rural y agilizar la resolución de disputas agrarias mediante jueces especializados. En términos institucionales, implica la creación de juzgados y tribunales agrarios, así como instancias de apoyo técnico y mecanismos de selección por mérito. Además, se establecen como órganos de cierre la Sala de Casación Civil, Agraria y Rural de la Corte Suprema de Justicia y el Consejo de Estado, dependiendo de la naturaleza de los conflictos.
El proyecto ya superó el control de la Corte Constitucional, que avaló la mayor parte de su contenido e introdujo ajustes puntuales sin alterar su estructura esencial. A su vez, la Defensoría del Pueblo celebró la sanción presidencial de la ley estatutaria que, en teoría, pone en vigencia uno de los instrumentos jurídicos más importantes de los últimos años para el trámite de conflictos sobre tierras y otras cuestiones agrarias, destacando que el alto tribunal, en la sentencia C-340 de 2025, ordenó adoptar el enfoque diferencial étnico y de género en la integración y formación de la Jurisdicción Agraria. Sin embargo, la puesta en marcha de esta jurisdicción aún depende de un paso clave: la aprobación de la ley ordinaria que definirá sus procedimientos.
El Congreso tiene plazo hasta el 20 de junio para discutirla, lo que convierte este trámite en una prueba decisiva para la coherencia del sistema. Sin reglas claras, el alcance de la nueva justicia podría quedar en el papel.
En medio del debate han surgido alertas desde la oposición. La senadora Paloma Valencia advirtió durante el trámite sobre riesgos relacionados con eventuales mecanismos de expropiación acelerada y cuestionó intentos de reducir el control judicial en los procesos agrarios. Aunque el texto final mantuvo la doble instancia —administrativa y judicial—, persiste la preocupación sobre posibles excesos en la aplicación de las normas, especialmente en manos de entidades como la Agencia Nacional de Tierras.
Estas tensiones no son menores.
La historia agraria del país está marcada por conflictos, despojos y una débil institucionalidad. Por eso, cualquier reforma en esta materia debe equilibrar la necesidad de eficiencia con garantías sólidas para los ciudadanos. La justicia rural no puede convertirse en un instrumento de arbitrariedad ni en un atajo para decisiones sin control.
Hace un par de meses la misma parlamentaria opositora había puesto de presente que el Ejecutivo quería revivir la extinción de dominio exprés en el decreto de emergencia económica por las lluvias atípicas que se registraron con inundaciones en Córdoba y otros departamentos, alertando que “en menos de 15 días la ANT podrá quitarle la tierra a la gente sin pagar indemnización y sin que un juez intervenga”, es decir, “en un solo acto realizarán un proceso que normalmente dura meses”.
De ahí que el llamado de la Defensoría al Congreso de la República no solo deba leerse como un asunto de trámite legislativo, sino como una invitación a dar un debate de fondo. La oportunidad es construir una jurisdicción que responda a las necesidades del campo, pero también que ofrezca seguridad jurídica. Ese será, en última instancia, el verdadero termómetro de su legitimidad.








