El informe de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos –CIDH– con ocasión de su visita a Colombia por el paro nacional, lejos de ser duro o exagerado –como muchos lo han catalogado–, es una radiografía de la realidad del país. Como sociedad podemos seguir viviendo en la negación, podemos creerle al Gobierno que su proceder ha sido el correcto frente al manejo de la protesta en Colombia, e incluso sostener que lo que muchos llaman abuso policial es en realidad la respuesta a una marcha violenta en la que todos los que participan tienen un interés delincuencial. Podríamos hacerlo, pero lo cierto es que seguiríamos siendo una democracia a medias, un mal llamado Estado Social de Derecho, con una institucionalidad de papel que no entiende que su función es la garantía del interés general.
Las observaciones y recomendaciones hechas por la CIDH al Estado colombiano se dan en el marco del cumplimiento de sus funciones derivadas de la Declaración Americana de Derechos Humanos y la Convención Americana sobre Derechos Humanos, instrumentos que tienen una relación indisoluble con el objetivo principal de la OEA, esto es, que la democracia prevalezca en los estados del hemisferio americano. Ahora, todos los derechos humanos son interdependientes, por lo que su vigencia, garantía y respeto deben entenderse de forma global. Sin la garantía plena de la protesta social no existen ni la libertad de expresión ni la democracia, quedándonos a merced de lo que el Estado nos quiera conceder en su finita bondad.
Frente a esto, la CIDH ha establecido que en Colombia se han presentado graves violaciones contra los derechos humanos en el marco del paro nacional –nada nuevo– y que recomienda que se acojan unas reformas estructurales que eviten que se sigan presentando estos hechos. La CIDH, entre otras cosas, le recuerda al Gobierno colombiano que debe cumplir con lo que las altas cortes ya le han ordenado; lo establecido por la Corte Suprema de Justicia en Sentencia STC 7641-2020, por medio de la cual determina que el Esmad constituye una amenaza para quienes pretendan salir a movilizarse. Asimismo, le recuerda el cumplimiento de la Sentencia C-281 de 2017, en la cual la Corte Constitucional delimita la figura de la asistencia militar, la cual debe utilizarse con el propósito de garantizar las movilizaciones sociales. La asistencia militar en los términos ordenados por el presidente Duque en el Decreto 575 de 2021 se extienden a otras funciones que no son las definidas por la Corte.
Finalmente, uno de los puntos más reiterativos e importantes del informe es la existencia de un sistema institucional que discrimina a las personas por su género, orientación sexual o pertenencia étnica racial. Según la Defensoría del Pueblo, se registraron durante el paro nacional 113 hechos de violencia basada en género, actos que fueron presuntamente ocasionados por la fuerza pública y el Esmad. Las principales víctimas de estas conductas fueron mujeres y personas de la comunidad Lgbti, y dentro de los actos de violencia se encontraron casos de acceso carnal violento, violencia sexual y tocamientos. Si les parece que el informe de la CIDH es “duro” es porque algunos prefieren negar la realidad convenientemente antes que intentar cambiarla o enfrentarse a ella.