El Congreso de la República “cumplió” con la expedición de la Ley 1761 de 2015 “Por la cual se crea el tipo penal de feminicidio como delito autónomo y se dictan otras disposiciones”, más conocido como la Ley Rosa Elvira Cely. He insistido en varios escenarios académicos, judiciales y en tertulias de expertos, que el problema asesinato histórico de mujeres enmarcado en la violencia genero y por el solo hecho de ser mujer, la cosificación de la mujer y su subvalor, no solo deben enfrentarse desde el marco legal, el cual es muy importante, pero que está demostrado en todas las latitudes, que por sí solo no soluciona ningún problema social, como si lo puede hacer una adecuada política pública, precisamente esa que no tenemos en Colombia. En Sentencia C-297 de 2016, la Corte Constitucional indica que en el derecho internacional de los derechos humanos, está la obligación de garantizar el derecho de las mujeres a estar libres de violencia tiene dos fuentes. De un lado, surge de la lectura sistemática de las disposiciones neutras que proscriben la violencia y reconocen los deberes de protección a la vida, la seguridad personal, la integridad, la honra, la salud y la dignidad de las personas, entre otros, con aquellas normas que establecen: (i) el derecho a la igualdad en el reconocimiento y protección de esos derechos; y (ii) la prohibición de discriminación por razón del sexo, pues imponen un deber de protección especial por razón al género. De otro lado, surge de las disposiciones que explícitamente consagran protecciones y deberes alrededor de la erradicación de la discriminación contra de la mujer y de la prevención, investigación y sanción de la violencia contra ésta. En la actualidad continua un fenómeno social que se fundamenta en la discriminación de la mujer y tiene serias consecuencias para el goce de sus derechos fundamentales. En consecuencia corresponde al Estado Colombia el deber de protección y atender de forma integral a sus sobrevivientes. En buena hora fue creado legalmente tipo penal que responde a la penalización autónoma del homicidio de mujer en razón a su género. Ahora le corresponde al gobierno nacional, trazar una política pública adecuada para prevenir, investigar y sancionar la violencia contra las mujeres, frente a la evidencia contundente de los altos grados de impunidad que las formas tradicionales de política criminal no han logrado combatir. Ello es así frente a los patéticos crímenes que han estremecido a la sociedad colombiana de empalamientos, desmembración, incineración y violación, que han precedido a la muerte de mujeres.