Como en Latinoamérica la aplicación de las normas es laxa en muchos frentes, un buen número de empresas aprovecha ese resquicio para salirse por allí y no cumplir con rigor las reglas del juego. Pero al final, a algunas les llega su tatequieto. Parece ser que eso le acaba de pasar a la popular y solicitada Rappi SAS, a la cual la Superintendencia de Industria y Comercio le anuncio dos medidas. Una de ellas es el imperioso cumplimiento de la normatividad sobre comercio electrónico que rige en el país. La otra, más severa, es la apertura de una investigación por presunta violación del régimen de competencia.
La SIC, como se le conoce en el mundo comercial e industrial por su temida sigla, le formuló un pliego de cargos por presunta vulneración a las normas protectoras del consumidor. Para llenarse de razones la Súper revisó cientos de solicitudes de diversas categorías recibidas de clientes en todo el país, en donde hay cubrimiento de este servicio. En siete meses la clientela hizo 750.639 peticiones, quejas y reclamos por distintas razones. Y ante la Delegatura de Protección al Consumidor los colombianos interpusieron 117 quejas.
No hay que ser de la Superintendencia para intuir que esa empresa no cumple con formalidades mínimas, como exigir a sus rappitenderos el cumplimiento de elementales normas de seguridad por el bien de ellos mismos y por el riesgo que corren los ciudadanos cuando cruzan veloces y desamparado por las calles.
Es entendible que en un país con tan alto índice de desempleo la gente acuda a ofertas laborales como las de Rappi para arañar unos pesos, pero la empresa está en el deber de preservar la vida de esos inermes prestadores del servicio, así los considere empleados indirectos. El sartal de acusaciones es extenso: los Rappi no entregan información pública ni oportuna de los precios; algunas de sus cláusulas son abusivas; muchas veces las promociones ofrecidas no son entregadas y no da información pública de los precios. La lista es larga, pica y se extiende.
La investigación muestra una faceta que mucha gente no conoce de Rappi, como el cobro de pedidos que habían sido cancelados o el cobro por productos que no fueron recibidos; la demora en la entrega de pedidos; el doble cobro por un mismo pedido: el descuento en tarjeta de crédito sin autorización y el despacho de productos diferentes a los solicitados por el cliente. Los documentos de conformación de la empresa la muestran como proveedora o expendedora de bienes y servicios a través de medios electrónicos y dada su gran demanda por parte del público ha superado el alcance de los portales de contacto, lo que la obliga a cumplir las disposiciones del Estatuto del Consumidor.
Rappi SAS es de origen colombiano, funciona en nueve países, y en cuatro años de vigencia ha acaparado un gran mercado. Su estrategia consiste en suministrar la herramienta tecnológica para materializar relaciones de consumo, por lo cual obtiene un porcentaje de los valores transados a través de sus plataformas. La idea ha sido muy buena. Lo que pide la SIC es que cumpla con las leyes y los usuarios que no los engañen.
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