El Heraldo
Colombia

Corte niega tutela que pedía anular condena a ‘Epa Colombia’

El alto tribunal consideró que el accionante no acreditó los requisitos como agente oficioso de la 'influencer'.

 

La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia rechazó la tutela de un abogado que pedía anular la condena de 5 años y 3 meses de cárcel contra la 'influencer' Daneidy Barrera Rojas, más conocida como Epa Colombia, por daños en el sistema de transporte masivo Transmilenio durante la jornada de protestas de noviembre de 2019.

El máximo tribunal de la justicia ordinaria señaló que el accionante Ariel Quiroga "no acreditó requisitos como agente oficioso ni presentó poder para representarla".

"Esta corporación en decisiones (...) ha recordado que, en la figura de la agencia oficiosa, se debe acreditar la legitimación en la causa para lo cual se deberá indicar la imposibilidad para actuar del titular del derecho, de modo que, si no se ha acreditado situación alguna que dificulte al presunto agenciado a ejercer de manera directa la acción, no es dable acudir a la figura referida", se lee en la decisión de 10 páginas.

El abogado consideraba que en el fallo de segunda instancia del pasado 5 de agosto del Tribunal Superior de Bogotá se le habían vulnerado a la 'influencer' los derechos fundamentales al debido proceso y a la legítima defensa.

Así las cosas, la Corte deberá ahora resolver un recurso de casación que presentó la empresaria, y por tal razón aún su condena no está firme.

Barrera fue sentenciada por los delitos de perturbación en servicio público de transporte colectivo u oficial, instigación a delinquir con fines terroristas y daño en bien ajeno.

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