El Heraldo
El Congreso de la República terminó esta semana el proyecto de ley de depuración de normas consideradas inútiles o anacrónicas.
Colombia

10.667 leyes deben ser eliminadas por inútiles

Impuesto de locomoción en Barranquilla, $50 mil para construir la casa presidencial en Cartagena y prohibido votar a quien no sepa leer, entre las leyes obsoletas.

Terminó esta semana su tránsito en el Congreso de la República el proyecto de ley de depuración normativa: es decir, una ley que elimina 10.667 leyes por inútiles y anacrónicas, y que elaboró el Ministerio de Justicia en colaboración con varios legisladores.

La idea, según la cartera del derecho, consiste en “lograr una mayor concreción, claridad y efectividad de las normas que componen el ordenamiento jurídico, procurando fortalecer la seguridad jurídica, que permita a las autoridades y a los ciudadanos el cumplimiento cabal de sus funciones y el ejercicio de sus derechos”.

Lo que se hizo pues con estas leyes, que ahora esperan la sanción presidencial, fue sacarlas de circulación al establecer que perdieron la vigencia, que ya han cumplido su finalidad o plazo, que su objeto ha sido regulado posteriormente o que no han sido acogidas como legislación permanente.

Dosis personal

En medio de la polémica que aún persiste por el reciente fallo de la Corte Constitucional que tumba unos apartes del Código de Policía que prohibían el consumo de licor y de dosis mínima de drogas en el espacio público, por ir en contra del libre desarrollo de la personalidad, cabe destacar que una de las leyes a derogarse establecía cárcel de hasta dos años para quien llevara consigo o tuviera en su casa incluso la dosis mínima de sustancias ilegales.

Así lo definía la Ley 17 de 1973, “por la cual se dictan normas que reprimen conductas relacionadas con drogas o sustancias que producen dependencia física o síquica”.

Esta norma, en su primer artículo, advertía: “El que sin permiso de autoridad competente cultive o conserve planta de la que pueda extraerse marihuana, cocaína, morfina, heroína o cualquiera otra droga o sustancia que produzca dependencia física o síquica, incurrirá en presidio de dos a ocho años y en multa de mil a cien mil pesos”.

También había cárcel por llevar o tener drogas: “El que sin permiso de autoridad competente introduzca al país, así sea en tránsito, o saque de él, transporte, lleve consigo, almacene, conserve, elabore, venda, ofrezca, adquiera o suministre a cualquier título, marihuana, cocaína, morfina, heroína o cualquiera otra droga o sustancia que produzca dependencia física o síquica, incurrirá en presidio de tres a doce años y en multa de cinco mil a quinientos mil pesos”.

E, incluso, tratándose de la dosis personal: “Si la cantidad de droga o sustancia que el sujeto lleva consigo corresponde a una dosis personal, se impondrá arresto de un mes a dos años y multa de doscientos a mil pesos”.

Y una norma más antigua, la Ley 36 de 1939, reglamentaba “el comercio de las drogas que forman hábito pernicioso”.

Determinaba que solo el Gobierno Nacional “podrá importar drogas que formen hábito pernicioso” y disponía que “el producto que se obtenga de la venta en el país de estas drogas, pagando su costo”, se destinaría “para la represión del tráfico ilícito y asistencia de la toxicomanía”.

No obstante, se permitía que “los laboratorios particulares podrán fabricar estupefacientes, siempre que se sometan a las disposiciones que para estos casos dicte el Ministerio de Trabajo, Higiene y Previsión Social”.

Lo primero fue a través de una alianza con la Imprenta de Colombia, para la publicación, recopilación y organización de las leyes desde 1886, en el sistema que hoy funciona como Sistema Único de Información Normativa del Estado, Suin, y donde se pueden consultar no solamente las que se van a derogar, sino que se encuentra también un inventario de las leyes actuales. 

Luego se construyó una metodología de depuración normativa, con la cual se realizó el proyecto piloto con ocho entidades públicas que identificaron en su sector respectivamente las leyes que no debían ser eliminadas. Y en 2017 se organizó y recopiló la información para, finalmente, en el 2018, presentar el proyecto de ley.

A la pregunta de si el Congreso expide muchas leyes, teniendo en cuenta estas 11 mil a eliminar, García Zuccardi respondió que “el proyecto no da cuenta de hiperregulación pero sí destaca lo importante que es la labor de evaluar y actualizar leyes del pasado, y ese es un mensaje especial para quienes creen que un buen funcionario público es quien se queda mayor número de horas sentado en una silla o quienes creen que un congresista es mejor o peor de acuerdo a cuantas leyes presenta: la respuesta es un rotundo no”. 

Concluyó el senador que espera que el articulado “sea sancionado lo antes posible por el presidente" y puso de presente que el mismo proyecto deja "un reto muy grande a nosotros como legisladores y es no solo modernizar lo que ya existe y hacer control político a su implementación, sino además crear leyes que respondan a las necesidades actuales pero que además sean vigentes en el tiempo”.

La mayoría de disposiciones a eliminar tienen que ver con temas presupuestales, créditos y gastos; seguido de obras y transporte;
Mentir ante un párroco se castigaba con prisión.

En el Caribe: impuesto a la locomoción

Se incluye en la lista de disposiciones obsoletas un decreto, el 50 de 1955, que autoriza a Barranquilla a importar varillas de hierro para construir el palacio municipal.

“Autorízase al Municipio de Barranquilla para importar ciento cincuenta (150) toneladas de varillas de hierro con destino a la construcción del Palacio Municipal de esa localidad”, se lee.

También figura en la capital atlanticense un impuesto por “locomoción urbana” para destinarlo a la educación primaria.

Así lo señala el decreto 1275 de 1952: “El Municipio de Barranquilla queda autorizado para aplicar a la instrucción secundaria parte del impuesto de un centavo por locomoción urbana, el cual viene cobrando con destino a la instrucción primaria de conformidad con el artículo 1.º de la Ley 34 de 1932”.

La casa presidencial de Cartagena, donde suelen pasar las navidades y años nuevos los jefes de Estado, costó $50 mil y la ley que ordenó su construcción fue la 26 de 1938, y también será derogada.

“Destinase la suma de cincuenta mil pesos ($50.000) para iniciar la construcción de una residencia transitoria para el Presidente de la Republica, altos funcionarios y huéspedes ilustres en la ciudad de Cartagena. (…) La residencia a que se refiere este artículo se construirá en el terreno que ocupaba el fuerte español de Castillo Grande, de propiedad de la Nación, y en la construcción se aprovecharan, hasta donde fuere posible, los restos del material colonial de dicho Castillo. En la realización de esta obra de carácter nacional, podrá el Gobierno aceptar el aporte voluntario que brinden los cartageneros o cualesquiera otros ciudadanos o entidades del resto de la República”, dispone.

Revisión de textos educativos 

Llama la atención el decreto 2259 de 1977, que creaba una comisión en el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, para que, entre otros asuntos, revisara en los textos educativos de los colegios patrones de discriminación contra las mujeres.

Se enmarca dicha comisión en unas facultades extraordinarias para el presidente “con el fin de otorgar igualdad de derechos y obligaciones a las mujeres y a los varones”, debido a que “subsiste una mentalidad, fruto de muchos años de prejuicios, que es necesario adaptar a los nuevos tiempos”, ya que “dentro del sistema educativo colombiano se consagran métodos y se emplean textos que responden al concepto de la desigualdad entre los sexos”.

Por lo que se crea la comisión encargada de “estudiar y revisar los textos y métodos de enseñanza con miras a determinar la existencia de conceptos y manifestaciones que impliquen discriminación entre los sexos”.

Otra de las normas a derogar es la Ley 85 de 1916, que dicta que deben excluirse del censo electoral quienes no sepan leer o escribir, o que no tengan una renta anual de $300 o propiedad raíz de $1.000. Y en esa misma disposición se determina que deben también perder la ciudadanía, por ejemplo, quienes practiquen la “beodez habitual”, es decir, quienes pasen borrachos.

Una más le otorga una pensión de viudez de $5 mil a las esposas de los expresidentes de la República, “aunque la beneficiaria esté en el exterior”. Se trata de la Ley 21 de 1966

Entre tanto, la Ley 87 de 1920 prohíbe los impuestos por tomar café: “Queda prohibido cualquier impuesto nacional o departamental, establecido o que se establezca, sobre el consumo de café”.

Y también hay leyes que no toman muy en cuenta el principio de laicidad, como el Decreto 623 de 1955 castiga con prisión de uno a tres años a quien afirme una falsedad o calle la verdad ante un párroco y el Decreto 124 de 1954, que advierte que “las personas que por medio de las llamadas ciencias ocultas se dedicaran a tratar enfermedades, trastornos mentales o nerviosos o de otro orden, serán consideradas como infractores a las normas que regulan el ejercicio de la medicina”.

Normas presupuestales

El Ministerio de Justicia identificó que la mayoría de disposiciones a eliminar tienen que ver con temas presupuestales, créditos y gastos (2.165 normas); seguidas de 1.558 leyes sobre obras, contratos, adjudicaciones y transporte; 1.460 sobre técnica normativa; 1.237 referentes a subsidios, auxilios y reconocimientos; 1.084 que tienen que ver con lo laboral y la seguridad social; 603 sobre asuntos administrativos y organizacionales del Estado; 845 de comercio, agricultura, industria y ambiente; 764 sobre relaciones internacionales, orden público y defensa; 120 relacionadas con impuestos, tarifas y temas financieros; y 120 más sobre educación y justicia.

Juanita López Patrón, viceministra de Promoción de la Justicia, explicó que la aprobación de esta ley “ayuda a dar mayor claridad a las reglas aplicables para que sean conocidas no solo por la población y las autoridades, sino para que sean apropiadas y generen una cultura que fomente el rechazo generalizado hacia la ilegalidad y ayuden a construir de manera permanente una convivencia pacífica y sólida”.

La iniciativa tuvo como coautores a los senadores Roosvelt Rodríguez, del Partido de la U; Eduardo Enríquez Maya, del Partido Conservador; Miguel Ángel Pinto, del Partido Liberal; Carlos Baena, del Partido Mira y al cartagenero Andrés García Zuccardi, del Partido de la U.

Necesitamos modernizar el Estado: coautor

El senador Andrés García Zuccardi, coautor del proyecto, le dijo a EL HERALDO que “esta iniciativa dejó algunas dudas sobre la necesidad de modernización del Estado, sobre el rol de los congresistas y la verdadera eficacia de las leyes que se tramitan en el Congreso”.

Agrega en este sentido el parlamentario cartagenero del Partido de la U que “el gran beneficio de la iniciativa es la modernización de la legislación con tres efectos importantes: simplifica el ordenamiento jurídico favoreciendo la agilidad del Estado y la participación ciudadana; mejora la seguridad jurídica y la relación entre Estado, lo que se traduce en mayor confianza a instituciones públicas y a su vez favorece la inversión de capitales nacionales e internacionales; y facilita el cumplimiento de la ley”.

Indicó además que a través de la articulación con 24 sectores de la Administración Pública Nacional, la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado se identificaron las leyes obsoletas. 

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