En fallo de segunda instancia, se confirmó la sanción en contra de Yoni Enrique Acosta Lozano, quien se desempeñaba como rector de la Institución Educativa El Rosario de Tierralta, Córdoba.
La sanción fue dada a conocer por la Procuraduría General de la Nación luego de comprobarse que recibía más de una asignación proveniente del tesoro público.
Acosta Lozano cuenta ahora con una suspensión e inhabilidad especial en el ejercicio de su cargo por el término de dos meses.
Según la investigación que hizo el Ministerio Público, Acosta Lozano se desempeñaba como rector de la mencionada institución cuando fue designado como secretario de Educación Municipal; 'aceptó la postulación y solicitó a la Secretaría de Educación Departamental de Córdoba una comisión no remunerada por el término de un año que le fue conferida a partir del 14 de enero de 2008, procediendo ese mismo día a posesionarse en su nuevo cargo', informó la Procuraduría.
También se conoció que aún no se ha esclarecido por qué la Secretaría de Educación Departamental le pagó al sancionado rector el salario de dos meses de marzo a junio de 2008. Dineros que fueron devueltos por Acosta Lozano solo hasta noviembre de ese mismo año.
La Procuraduría informó que todo servidor público tiene prohibido recibir recibir más de una asignación que provenga del tesoro público, o de empresas o de instituciones en las que tenga parte mayoritaria el Estado, salvo los casos expresamente determinados por la ley.
Esta falta fue considera como grave por parte del Ministerio Público ya que no está claro si el rector retiró todo el dinero de buena fe o que lo hacía bajo una situación de error invencible. 'En el presente caso el disciplinado tuvo la oportunidad de escoger, pues cuando se aseguró de cuál era la procedencia de los dineros que tenía en su cuenta y pudiendo consultar la incidencia jurídica de esta situación, decidió retirarlos y hacerlos suyos, resultando indebidamente beneficiado con ese doble ingreso.'
La sanción contra el rector fue adoptada por el procurador primero delegado para la Vigilancia Administrativa y confirmó el fallo que se había dado en primera instancia por la Procuraduría Regional de Córdoba el 19 de noviembre de 2010.







