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Política

La conciliación, próximo paso del polémico artículo de “censura” a la prensa

La Cámara aprobó al filo de la medianoche una sustitución para el castigo de cárcel y multa a periodistas.

El controvertido punto del proyecto de ley anticorrupción que fue aprobado al filo de la medianoche del pasado lunes en último debate por la plenaria de la Cámara, aunque con la sustitución de la pena de cárcel y multa por la de pérdida de la personería jurídica, sigue generando voces encontradas y ahora se definirá el tema en la conciliación que debe hacerse entre Senado —donde una proposición similar no fue aprobada— y Cámara para ver si el artículo va o no.

Este aparte ha generado polémica por la penalización a quienes incurran en injuria y calumnia contra funcionarios y exfuncionarios públicos, rechazada por varias fundaciones de prensa nacionales e internacionales y por distintos sectores políticos.

El artículo de procedencia oficialista quedó así en la Cámara: “Cuando quien profiera injuria o calumnia en contra de un funcionario o un exfuncionario público, o sobre su familia, sea representante legal o miembro de cualquier organización comunitaria, el juez de control de garantías ordenará a la autoridad competente que, previo cumplimiento de los requisitos legales establecidos para ello, proceda a la suspensión o cancelación de la personería jurídica de la organización comunitaria a la que pertenece”.

Al respecto, el representante del Centro Democrático, Gabriel Santos, explicó: “No quedó en el artículo nada de multas o penas de prisión. ¿Qué quedó? La cancelación de la personería jurídica. Sigue siendo problemático, pero nos llevamos una pequeña victoria”.

Y su colega, Juanita Goebertus, de la Alianza Verde, precisó sobre lo que viene: “Algo de respeto por esta institución. Los funcionarios públicos tenemos mayor escrutinio. Este tipo de dinámicas de ampliar la injuria y calumnia son propias de un sistema autoritario”.

De otro lado, el parlamentario uribista Edward Rodríguez puso de presente la razón por la cual apoya la medida: “Una vez sea condenada la persona, como condena accesoria se hará cancelación de la personería jurídica (...). Estoy de acuerdo con que los funcionarios debemos estar sujetos a escrutinio, pero no a difamación”.

Y su compañero César Lorduy, de Cambio Radical, ponente, aclaró: “Aquí no estamos hablando de si se puede criticar o no, estamos hablando de hechos falsos, la pregunta es si en este país alguien está autorizado para señalarle hechos falsos a otra persona”.

La Fundación para la Libertad de Prensa, FLIP, advirtió al respecto en un comunicado del pasado lunes: “Preocupa que el acoso judicial encuentre nuevos respaldos en la legislación, cuando la censura está prohibida por la Constitución. Reiteramos que la garantía de la libertad de prensa y expresión, y el derecho a la información no son el enemigo, son pilares de la democracia”.

Continuó: “La lucha contra la corrupción debe contar con mayor transparencia para la veeduría y el debate público, en lugar de edificarse en castigos. Pedimos al Congreso que elimine el artículo y proteja la libertad de prensa y de expresión”.

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