La plenaria del Senado, ayer en su último día de sesiones de 2013, aprobó, en segundo debate, el proyecto de ley que crea el Registro Nacional de Deudores Morosos de Cuotas Alimentarias.
De acuerdo con cifras oficiales, en Colombia se tramitan cerca de 36.000 procesos en el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y en la Fiscalía, en la parte penal, sobre este tipo de delito, que tiene una pena agravada de hasta 6 años cuando se trata de inasistencia alimentaria a niños y una sanción económica de $22,1 millones.
Con base en la información que se produzca en los juzgados de familia, donde se tramitan los procesos contra los padres o madres que incumplan con las cuotas alimentarias, el Consejo Superior de la Judicatura habilitará dicho registro dentro del Sistema de Información de Estadísticas.
Este deberá ser consultado, periódicamente, por los empleadores y si uno de sus trabajadores se encuentra reportado en esa base de datos, tendrán que proceder a retenerle hasta el 50% del salario y ponerlo a disposición de los jueces que hayan ordenado la inscripción en el registro.
Lo aprobado hasta el momento establece que los empleadores que incumplan esta norma serán multados con entre 15 y 30 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
Además del ICBF para el caso de menores de edad o los mayores en estado de discapacidad, los procesos de cuotas alimentarias incumplidas son atendidos por jueces, las Comisarías de Familias y los centros de conciliación cuando se trata de padres o hermanos que demuestren la imposibilidad de autosostenerse.
El proyecto de ley pasará a segundo debate en la Plenaria de la Cámara de Representantes cuando se reinicien, el próximo año, las sesiones ordinaria. Se prevé que puede quedar aprobado a finales de mayo. JGF