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“Las periodistas del poder, las ‘muñecas de la mafia’, construyeron la tesis del terrorismo en la protesta y la criminalización del derecho genuino a protestar y a decir basta. Ahora le toca a usted, defensora, defenderlos”. Estas fueron las palabras que dijo el presidente Gustavo Petro, durante la posesión de la defensora del pueblo, Iris Marín Ortiz, el 30 de agosto de 2024, y que generaron una enorme polémica.

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Ahora, la Corte Constitucional amparó los derechos fundamentales de un grupo de mujeres periodistas y ordenó al presidente Petro Urrego retractarse públicamente por expresiones consideradas estigmatizantes y discriminatorias.

Dichas palabras, según la Sala Plena, vulneraron los derechos de las comunicadoras a la libertad de expresión, a vivir una vida libre de violencias y a la no discriminación.

El alto tribunal revocó las decisiones del Consejo de Estado que habían negado las tutelas presentadas por el abogado Germán Calderón España y por las periodistas afectadas, y ordenó al presidente que en un plazo de cinco días emita una alocución pública en la que presente disculpas y una retractación expresa en el mismo formato en el que hizo sus declaraciones.

Asimismo, la Corte dispuso que el video y la transcripción del discurso de disculpa incluyan una nota aclaratoria donde conste que las manifestaciones del mandatario “no fueron adecuadas”. Además, le ordenó abstenerse de emitir mensajes o contenidos que vulneren los derechos de las mujeres periodistas o promuevan violencia de género, incluso en el ámbito digital.

El fallo, con ponencia de la magistrada Lina Marcela Escobar Martínez, reitera el deber de los servidores públicos de actuar con diligencia al ejercer su libertad de expresión, especialmente cuando ocupan altas dignidades del Estado. “El presidente de la República debe velar por la protección de los derechos y libertades de todas las personas, en lugar de emplear un lenguaje que pueda perpetuar estereotipos o violencias simbólicas”, señaló la corporación.

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La decisión también exhorta nuevamente al Congreso de la República a avanzar en la creación de normas que prevengan, sancionen y reparen la violencia de género digital, conforme a recomendaciones internacionales de la ONU y la OEA.

Dos magistrados, Jorge Enrique Ibáñez Najar y Carlos Camargo Assis, aclararon su voto. Ibáñez destacó la importancia de profundizar el análisis de la violencia simbólica contra mujeres periodistas y sugirió que la Corte pudo otorgar efectos “inter comunis” para extender la protección a todas las comunicadoras en condiciones similares. Por su parte, Camargo subrayó que las declaraciones de los altos funcionarios deben realizarse con responsabilidad y sin estigmatización, dado su impacto institucional y social.

Con esta sentencia, la Corte Constitucional marca un precedente histórico en la protección de las mujeres periodistas frente a la violencia verbal y simbólica proveniente del poder político, reforzando el compromiso del Estado colombiano con la igualdad y la libertad de prensa.