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La Corte Constitucional dictaminó que no habrá mas código de vestimenta para ingresar a las oficinas públicas

La decisión fue tomada luego de que en la Alcaldía de Neiva se prohibiera el ingreso a personas que estuviesen mal vestidas, disputa que llegó a la Corte Constitucional que ordenó el desmonte y modificación de la norma.

Desde la Alcaldía de Neiva defendieron la restricción diciendo que ' (...) El desarrollo a la libre personalidad, visto desde la función pública, no puede convertirse en un capricho particular, pues pretender la atención sin una adecuada presentación personal, atentaría contra el pundonor de los funcionarios. (iii) El condicionamiento de la forma de vestir persigue objetivos razonables, como lo son el respeto y el orden (...)'.

Pero, el Juzgado Tercero Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Neiva, concedió la acción de tutela y ordenó a la Alcaldía, en el término de cuarenta y ocho (48) horas, modificar la Circular No. 007 de 2016 en el sentido de eliminar la restricción de ingreso a las instalaciones del Palacio Municipal por razones del vestuario.

La decisión fue tomada por la Sala Primera de Revisión de la Corte Constitucional, integrada por los Magistrados Luis Guillermo Guerrero Pérez, Alejandro Linares Cantillo y Carlos Bernal Pulido.

El caso

Según un comunicado de la Corte, se levantó la restricción para amparar los derechos de un ciudadano al cual los vigilantes de la Alcaldía le impidieron su ingreso porque vestía bermudas y necesitaba consultar un trámite.

La corte aseguró que 'el grupo de principios y derechos fundamentales (libre desarrollo de la personalidad, igualdad y administración como servicio público), pesa más que el grupo de intereses de la administración municipal (... ) y que las medidas restrictivas a la forma de vestir contenidas en la Circular No. 007 de 2016, restringen de una manera muy intensa los principios y derechos fundamentales, lo cual no se justifica, si se tiene en cuenta el favorecimiento inexistente o muy leve de los fines que persigue'.

La decisión de la Corte Constitucional también hizo que en la Gobernación del Huila, donde también se tenía la misma circular, se modificara y se permitiera el libre ingreso a las instalaciones de los entes públicos de las personas sin tener en cuenta su forma de vestir.