Respeto con los animales
En el país cada vez más gente tiene animales, y aunque la mayoría lo hace para disfrutarlos como mascotas, un buen porcentaje los usa para trabajar. Son estos últimos los más susceptibles del maltrato.
La coloquial frase “vida de perros” ya no se puede usar de manera peyorativa, porque en un mundo cada vez más protector de los derechos de los habitantes del planeta se han emitido leyes para evitar el maltrato animal. A Colombia esa legislación arribó tarde, pero llegó. Es la Ley 1774 de 2016, la cual tipifica conductas que pueden atentar contra la vida e integridad física y emocional de los animales. A la fecha, y desde cuando entró a regir esa norma, 191 personas han sido capturadas en Barranquilla.
En el país cada vez más gente tiene animales, y aunque la mayoría lo hace para disfrutarlos como mascotas, un buen porcentaje los usa para trabajar. Son estos últimos los más susceptibles del maltrato. A nivel local, casi 90% de los 191 casos establecidos han sido relacionados con maltrato a caballos, mulas y burros, utilizados en vehículos de tracción animal, los típicos “carro’e mula”, y aquí es donde más hay en el país.
En tres años se han realizado 288 operativos de control. De igual manera han sido atendidos 784 quejas por maltratos a diferentes especies. Un censo nacional señala que 68% de los colombianos tiene mascotas, pero no hay exactitud sobre quiénes tienen animales para labores, especialmente en el campo, en donde hay más maltrato y explotación.
El porcentaje restante obedece a animales domésticos como perros, gatos y de fauna silvestre. El telos, o espíritu de la ley, los cataloga como seres sintientes, por lo cual deben recibir especial protección y evitarles ser sometidos al sufrimiento. Quienes tienen animales y los maltratan no pueden argumentar el desconocimiento de esta norma. El principio de ignorancia de la ley establece que no conocerla no exime de consecuencia a la persona que cometa la acción. El artículo 339 de la Ley 1774 señala las penas a las que se puede enfrentar quien, por cualquier medio o procedimiento, maltrate a un animal doméstico, amansado, silvestre vertebrado o exótico vertebrado.
La norma establece que el que cause la muerte o lesiones que menoscaben gravemente la salud o integridad física de un animal tendrá una pena de prisión de 12 a 36 meses, e inhabilidad especial de uno a tres años para el ejercicio de profesión, oficio, comercio o tenencia que tenga relación con los animales, y multa de cinco a 60 salarios mínimos mensuales legales vigentes. Es prudente saber que el maltrato tiene diferentes formas, como el desentendimiento, el maltrato físico y/o psicológico, abandono, explotación. Así que los animales tienen la protección legal del Estado, como debe ser.
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