
Que reaccione la justicia
La ciudadanía asiste con estupor a la incesante liberación de presos por vencimiento de términos. Lo que se concibió acertadamente como garantía para el procesado puede acabar viéndose como riesgo para la sociedad.
A riesgo de ser reiterativos, una vez más nos vemos obligados a referirnos en este espacio editorial al preocupante asunto de la libertad por vencimiento de términos.
Casi no pasa día sin que nos enteremos de un nuevo episodio en que personas acusadas de graves delitos quedan libres porque se agotaron los casos previstos por la ley para procesarlos.
En nuestra edición de ayer, por no ir más lejos, dábamos cuenta del caso de tres integrantes de la peligrosa banda ‘Los Diablitos’, acusados entre otros delitos de homicidio y tráficos de armas y de estupefacientes, que hace 19 días salieron de su centro de reclusión por vencimiento de términos.
Estamos hablando de un beneficio que la legislación concede al preso para evitar que dilaciones injustificadas en los tribunales lo mantengan indefinidamente entre barrotes a la espera del juicio.
La norma establece, en concreto, que el preso saldrá libre si transcurren 120 días desde la presentación del escrito de acusación y no se ha iniciado la audiencia de juicio. Ese plazo es de 240 días en el caso de delitos graves. Las dilaciones causadas por la defensa se excluyen en el conteo.
Nada tenemos contra esta medida, cuyo espíritu es proteger al detenido de abusos por parte de las instituciones. Sin embargo, resulta preocupante la frecuencia con que se está aplicando, porque transmite la sensación de que lo que se concibió acertadamente como una garantía para el procesado se está convirtiendo en una amenaza para la seguridad del conjunto de los ciudadanos.
En el caso de la liberación de los tres ‘diablitos’, la Fiscalía está indagando si, más que negligencia, hubo irregularidades. El 11 de septiembre pasado, una juez les denegó el beneficio al establecer que solo habían transcurrido 182 días desde el escrito de acusación, tras restar 89 días de dilaciones generadas por la defensa. Apenas 15 días después, otro juez determinó que habían pasado 240 días sin la apertura de juicio y los dejó en libertad.
En esta misma edición publicamos otro caso de libertad por vencimiento de términos: el de dos personas acusadas del asesinato, en julio de 2017, de un asesor de ventas.
Cuando se intenta establecer a qué obedece este goteo de salidas de prisión, los jueces lo atribuyen a falta de personal o a deficiencias en la labor de los agentes policiales; estos, a su vez, critican a los jueces por su flexibilidad ante los delincuentes.
Y mientras las instituciones se cruzan reproches, el problema sigue y se agudiza. Una cosa es que existan garantías para los procesados; otra, muy distinta, que lo concebido para casos excepcionales se convierta en hábito por negligencia institucional.
Mientras los jueces se quejan de falta de personal o se cruzan reproches con la Policía, el problema se agudiza.
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