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Corte ratifica facultad de Colpensiones para revocar pensiones fraudulentas

La administradora no tendrá que esperar la finalización de un proceso penal para revocar la prestación económica.

La Corte Constitucional ratificó a través de la sentencia T 188 de 2021, la facultad que tiene Colpensiones para que, sin necesidad de esperar la finalización del proceso penal, pueda revocar directamente la prestación económica, en caso de comprobarse el incumplimiento de los requisitos o fraude.

“Celebramos esta decisión que se convierte en un precedente para quienes buscan obtener el reconocimiento pensional a través de documentación fraudulenta ya sea para pensión por invalidez, vejez o sobrevivencia. Con estas acciones, ratificamos el compromiso que tenemos con la ciudadanía de velar por los recursos públicos y de denunciar las prácticas indebidas a las que se acude para acreditar este beneficio”, afirmó Juan Miguel Villa, presidente de Colpensiones.

El fallo emitido por la Corte Constitucional, está basado en el caso de una afiliada de Colpensiones, quien fue calificada con una pérdida de capacidad laboral superior al 50 %, lo cual dio origen al reconocimiento de la pensión de invalidez desde el 2014. Con ocasión a una denuncia presentada por un ciudadano, la Fiscalía General de la Nación, evidenció que algunos médicos y miembros de la Junta de Calificación de Invalidez de la misma región de la afiliada, fueron descubiertos, emitiendo dictámenes de pérdida de capacidad laboral fraudulentos a cambio de dinero, lo que condujo a que la administradora iniciara una  investigación administrativa especial, que en el caso particular permitió determinar que el dictamen médico presentado contenía información falsa, lo que facultaba la aplicación del artículo 19 de la ley 797 de 2003 para revocar el acto administrativo que en su momento le reconoció la pensión.

Aunque la pensionada argumentó, a través de una acción de tutela, que se habían vulnerado sus derechos fundamentales, y logró un fallo de reactivación del pago de la pensión de invalidez, Colpensiones solicitó ante la Corte Constitucional la revisión del caso. Frente a la evidencia de las irregularidades, la Sala determinó que las actuaciones de Colpensiones “se ajustaron al debido proceso y cumplieron con las normativas y jurisprudencia que autorizan para ordenar la revocatoria unilateral de pensiones reconocidas, al descubrir la presentación de documentos falsos”, dice un comunicado emitido por la entidad.

 “Con estas acciones judiciales, hemos logrado detener o prevenir la afectación al patrimonio público por un valor estimado de $ 996 mil millones de pesos, asimismo, generamos alertas al sistema de Seguridad Social sobre las diferentes modalidades de fraude al sistema pensional”, concluyó Villa.

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