El Heraldo
El 13 de septiembre pasado seis jóvenes perdieron la vida arrollados en Gaira, Santa Marta. Archivo
Colombia

Los conductores ebrios, sin freno en la pandemia

Expertos viales y en sustancias psicoactivas, sociólogos, psicólogos y abogados penalistas analizan en EL HERALDO este flagelo.

En la madrugada del pasado 13 de septiembre, a la altura del kilómetro 80 de la vía Santa Marta-Ciénaga, el empresario Enrique Vives conducía su vehículo en aparentes estado de embriaguez y alta velocidad y mató a seis jóvenes: Camila Romero, María Camila Ramírez, Juan Diego Alzate, Elenoir Ramírez, Rafaela Petit y Laura de Lima.

La Dirección de la Policía de Tránsito le dijo a EL HERALDO que en 2021, por consumo de licor, se han registrado 386 siniestros viales que han dejado 121 muertos y 544 lesionados, que son cifras que rebasan a las de todo 2020 y se asemejan a las que hubo en 2019.

Sin frenos

Juan Pablo Bocarejo, consultor internacional en temas de movilidad, advierte en EL HERALDO que la energía que genera un vehículo en movimiento es muy grande y se incrementa con la velocidad al cuadrado: “Un conductor ebrio no es capaz de reaccionar acertadamente a un evento fortuito, multiplicando el riesgo de siniestro. Además, aumenta su probabilidad de equivocarse en la conducción y de percibir todos los elementos del entorno. En síntesis dependiendo del grado de alcoholemia, un conductor ebrio se convierte en una ruleta rusa”.

El ex secretario de Movilidad de Bogotá añade que un agravante en estos casos es la velocidad: “Atropellar a un peatón a 60 km/h implica una probabilidad del 90 % de que fallezca. Un choque a esa velocidad genera una energía en el cuerpo humano equivalente a una caída de un edificio de seis pisos”.

“Falsas creencias”

¿Por qué los colombianos insisten en manejar después de haber tomado? Según explica la psicóloga Eydú Rodríguez en este diario “es debido a una creencia falsa sociocultural, que tenemos especialmente en Latinoamérica y sobre todo los colombianos, acerca de los efectos asociados al alcohol. Se cree que el alcohol es un estimulante del sistema nervioso central y por ende agudiza los sentidos, aumenta la capacidad, desinhibe a las personas; entonces, eso hace que las personas crean que pueden ser más ágiles, más hábiles y pierden la conciencia de los sentidos creyendo erróneamente que están bajo control, cuando en realidad el alcohol es un depresor del sistema nervioso central y hace lo contrario, y sin medir los riesgos”.

Al respecto Yazmín Sierra, trabajadora social especialista en prevención del uso indebido de sustancias psicoactivas, agrega a este medio que con los conductores borrachos “el efecto fuerte es que están convencidos de que son capaces de evadir cualquier tipo de riesgo, y que no les va a pasar nada porque manejan perfecto, y también hay un problema de construcción de masculinidad alrededor del timón: entonces es para demostrarles a los demás que pueden manejar alicorados, y hay finalmente una actitud de formación cultural, vinculada con el poder y el dinero, por la que piensan ‘nadie me toca y si me tocan me van a hacer pasito’”.

“La Euforia de la reactivación”

Carlos Charry, Ph. D. en sociología, pone de presente a esta casa editorial que en el caso Vives, como en otros casos similares, “están dadas las condiciones para que los implicados evadan el control de la justicia: ha faltado diligencia de las autoridades de tránsito y de justicia para recaudar las pruebas necesarias para que se haga una rápida judicialización”.

Además, frente al hecho del incremento de este tipo de accidentes en medio de esta etapa de la pandemia, el investigador del Observatorio del Conflicto Social considera que pareciera existir un relajamiento por parte de los ciudadanos en relación con los controles de la Policía, y hay una especie de desahogo colectivo en términos de que la gente quiere salir, quiere pasar momentos de entretenimiento con sus amigos.

“Esto no es justificación para hacer consumos irresponsables y junto a  esto creo que se ha sumado esta euforia que hay por la reactivación de la economía, de las actividades públicas”, afirma.

Y propone el catedrático del Rosario “hacer un seguimiento mediático sobre los actores involucrados, la gravedad de los acontecimientos y hacer una pedagogía con hechos reales”.

La norma y el castigo

 María Claudia García, psicóloga, expone en este diario que en este flagelo del alcohol y la gasolina “está también la perspectiva de las personas frente a las normas, porque ¿para qué se cumple una norma, para qué se evita ingerir alcohol antes de conducir?

Solamente se suele ver como un mecanismo para evitar el castigo, pero finalmente lo que sucede es que no se está teniendo en cuenta al otro”.

Complementa la especialista en psicopatología clínica que “tampoco se tiene en cuenta que la norma tiene un sentido que va más allá de ella misma y de las libertades individuales, porque hay principios que están protegiendo esas normas, en este caso la vida por ejemplo”.

Tragos amargos

El sociólogo Jorge Bolívar pone la mirada en el hecho general de que el consumo de alcohol “sin llegar al grado de patología es una de las causas más frecuentes de transgresiones sociales y familiares. (...) Se vincula mundialmente con el 50 % de las muertes ocurridas en accidentes de tránsito y el 30 % de los homicidios y arrestos policiales”.

Advierte el investigador de la Universidad Simón Bolívar, Ph. D. en filosofía, que en relación con este tema en el país el 84 % de los colombianos ha consumido alguna bebida alcohólica. Conducir bajo los efectos del alcohol se ha convertido no solo en una acción cada vez más frecuente en la sociedad, sino en una problemática que preocupa por las alarmantes cifras de accidentes de tránsito y el peligro que implica para la seguridad vial.

“En Colombia, en los últimos diez años se reportan 1 millón 500 mil personas aproximadamente, entre víctimas y victimarios, involucradas en accidentes causados por la conducción de vehículos en estado de embriaguez, de ellos el 12 % han fallecido”, señala el experto.

Las sanciones por manejar borracho: suspensión de licencia, multa y de 9 a 18 años de prisión

El abogado penalista Óscar Sierra le dijo a EL HERALDO que actualmente las sanciones que existen para las personas que conducen bajo los efectos del alcohol pueden ser de dos clases: administrativas y penales.

“La primera de ellas se refiere a las contempladas en el Código de Tránsito, que pueden consistir tanto en la suspensión de la licencia de conducción como en sanciones económicas que varían dependiendo de la cantidad de alcohol que haya ingerido el conductor. Vale la pena mencionar que estas son las únicas consecuencias para aquellos eventos en los que una persona no causa lesiones ni da muerte a otra cuando conduce en estado de embriaguez”, comenta.

Agrega el magíster en derecho penal que respecto de la segunda clase de consecuencias, las penales, vale la pena tener en cuenta dos delitos: lesiones personales y homicidio, cuya probabilidad de comisión es más alta en casos de conducción en estado de embriaguez.

“En el evento del delito de lesiones personales, el implicado puede ser condenado a una pena de prisión que va hasta los 9 años de prisión. Si, por el contrario, la persona al volante le da muerte a otra, esta habrá incurrido en el segundo delito que tiene una pena de prisión que va hasta los 18 años, la cual puede variar de acuerdo a la modalidad de ejecución del comportamiento, es decir, si el delito se cometió con dolo o con culpa”, señala.

Frente a la discusión que hay sobre si el delito por el que deben responder estas personas se da en el grado de dolo eventual o si por el contrario se da por culpa con representación, explica Sierra que la diferencia es que en la primera "los hechos del caso concreto permiten advertir que la ejecución de la conducta fue en exceso riesgosa y por ello, aun dejando al azar su no realización, las condiciones hacían más probable que el delito se cometiera, o mejor, hacía improbable el poder evitarlo. Así las cosas, es la ejecución de la conducta y los detalles que rodean el caso concreto los que finalmente permiten determinar cuál fue la modalidad de la conducta”.

La discusión cobra vital importancia, indica el penalista, ya que si se acepta que el delito se comete bajo la modalidad de dolo eventual, la persona implicada responderá de la misma manera que lo hace una persona que intencionalmente asesina a otra. Si por el contrario se acepta que el delito que se comete se da en grado de culpa con representación, el implicado responderá de la misma manera que alguien que le dio muerte a otra sin intención de hacerlo. 

Y concluye en este sentido el jurista de la Universidad Externado: "Creer ciegamente que quien conduce un automóvil luego de consumir bebidas alcohólicas actúa con intención de matar o de lesionar a otras personas, supone desconocer 200 años de evolución en la teoría del delito".

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