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Colombia

Duro debate por pruebas PCR a viajeros internacionales

Epidemiólogos y expertos dan su opinión tras la orden judicial que el ministro de Salud se niega a acatar.

Diversas reacciones ha suscitado el rifirrafe entre el ministro de Salud, Fernando Ruiz, por un lado, y el juez 11 administrativo de oralidad del circuito de Bogotá, Giovanni legro, y el abogado Alberto González Mebarak, por el otro, a raíz del fallo de tutela que ordena reactivar la exigencia de las pruebas PCR a viajeros internacionales que quieran ingresar al país.

Por ahora, Ruiz anunció que impugnará el fallo ya que “no es viable (cumplirlo) porque tiene efectos económicos y de salud”.

Frente al incidente de desacato que interpuso González luego de que el funcionario pidiera aclaración de la decisión al juez, respondió Ruiz que “un desacato es una actitud manifiesta de mala voluntad, de negligencia, buscar entorpecer la conciencia o engañar a la justicia y esta no es nuestra situación. La nuestra es la imposibilidad desde el punto de vista sanitario y de defensa de la salud pública”.

Y añadió que una medida de cuarentena a 120 mil personas que viajan cada mes, “implica efectos en salud mental y tranquilidad pública”.

Epidemiología

Ante la discusión, el epidemiólogo Diego Roselli le dijo a este diario que “si tuviéramos la prueba perfecta, con un resultado rápido y una confiabilidad buena, sería útil en viajeros nacionales o internacionales media hora, o una cosa así, antes de abordar. Pero el PCR realizado 96 horas antes del viaje sirve poco: una prueba negativa no excluye a una persona infectante, y una positiva puede marcar a alguien que tuvo la infección pero ya la superó, y no la contagia”.

Y agregó el experto que “la PCR es una excelente prueba para detectar la enfermedad en sujetos sintomáticos, pero no es tan confiable en asintomáticos o presintomáticos (los que están incubando la infección), y estos son precisamente los que viajarían en un avión. Igual, los países con un bajo número de casos podrían tener una justificación en tratar de evitar la llegada de casos extranjeros. En la fase de la pandemia en la que estamos en Colombia, no lo veo justificado”.

Lo jurídico

El penalista Óscar Sierra advirtió en este medio que "por la importancia de los temas que se discuten en una acción de tutela, que son derechos fundamentales, los fallos de primera instancia son de inmediato cumplimiento. El Gobierno puede impugnar para que el superior del juez revoque, pero mientras tanto debe cumplir la orden.

Añade que, no obstante, “el Gobierno ha dicho que le resulta imposible cumplir con dicha orden, y es un principio del derecho que ‘nadie está obligado a lo imposible’, lo que no constituye un desacato”.

Finalmente, el jurista explica que el lío deberá resolverse en un incidente de desacato, “en el que el accionante tendría que informar al juez que el Gobierno se rehúsa dolosamente (con intención) a cumplir su orden y el juez deberá escuchar las razones que alude el Gobierno, y si el juez concluye que su orden no se está cumpliendo dolosamente y pudiendo hacerlo, puede sancionar incluso con arresto al ministro”.

 

Procurador hace llamado al diálogo

El procurador Fernando Carrillo Flórez convocó al ministro de Salud, Fernando Ruiz Gómez, a “sostener un espacio de diálogo” con el juez 11 Administrativo de Oralidad del Circuito de Bogotá, Giovanni Legro, “para exponer los aspectos técnicos” que motivaron la objeción al fallo de tutela que obliga a los viajeros que ingresan al país a presentar la prueba PCR negativa para el coronavirus.

El jefe del Ministerio Público le envió una comunicación en este sentido al titular de la cartera de Protección Social, en la que le pone de presente que aunque se reconoce que las sentencias que conceden tutelas deben tener efectos inmediatos en los términos que lo disponga la decisión judicial, es necesario buscar un espacio que permita encontrar soluciones interinstitucionales que beneficien la salud de la población.

"La convocatoria fue realizada en ejercicio de la función preventiva que cumple el Ministerio Público, independiente de la impugnación al fallo de tutela que pueda presentar el Gobierno nacional", dice el ente de control.

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