El Consejo de Estado informó este miércoles que suspendió el ‘decretazo’ de la consulta popular expedido por el presidente Gustavo Petro.
La Sección Quinta admitió la demanda que pretende la nulidad del Decreto 0639 de 2025, al concluir que se trata de un acto de contenido electoral proferido por una autoridad del orden nacional que desarrolla un mecanismo de participación ciudadana, como lo es la consulta popular.
La providencia señaló que la Sección Quinta es competente para adelantar el trámite del medio de control de nulidad.
Y en ejercicio de una medida cautelar de urgencia solicitada por el demandante, y en aplicación del artículo 234 de la Ley 1437 de 2011, suspendió los efectos jurídicos del Decreto 0639 de 2025, al advertir que “fue expedido sin el concepto previo favorable del Senado de la República, en los términos previstos en el artículo 104 de la Constitución”.
“De la lectura de los artículos 104 de la Constitución Política, y 50 y 31 b) de las leyes 134 de 1994 y 1757 de 2015, respectivamente, se concluye la exigencia de que, previo a convocar al pueblo una decisión de trascendencia nacional, se requiere concepto favorable del Senado de la República, el cual, en efecto, en este preciso caso no existe”, indica la máxima corte de lo contencioso administrativo.
Esta acción judicial fue presentada por el presidente del Senado, Efraín Cepeda,
Presidente Petro ordenó “acciones jurídicas”
La decisión del Consejo de Estado se da luego de que, durante el consejo de ministros que se desarrolló en la noche de este martes en la Casa de Nariño, el presidente Gustavo Petro ordenara “acciones jurídicas” contra el registrador nacional Hernán Penagos por haber pedido concepto a las altas cortes sobre si debe o no seguir con el trámite de la polémica consulta popular decretada por el Gobierno nacional.
“El decreto goza de presunción de legalidad. El registrador no tenía ningún derecho a decir lo que dijo. Está en una situación de sedición contra el presidente de la República y quiero las acciones jurídicas. Eso no se hace”, afirmó Petro.
Horas antes, a través de su cuenta de X, el jefe de Estado ya había acusado a Hernán Penagos de “tomar partido” luego de que dejara en manos de las altas cortes la convocatoria a la consulta popular.
“Siendo la Registraduría árbitro de las elecciones, toma partido, y eso no debe suceder, ni lo debe admitir las fuerzas mayoritarias y sociales de Colombia”, expresó Petro en la red social X.
Lluvia de demandas
Vale mencionar que en las altas cortes reposan cerca de 150 acciones jurídicas que se han elevado por la ciudadanía y distintos actores políticos ante diferentes instancias en contra del ‘decretazo’ de la consulta popular.
Hasta este momento, contra el Decreto 639 de 2025 se cuentan cuatro acciones ante la Corte Constitucional, 44 ante el Consejo de Estado, la mayoría ante la Sección Primera; 90 acciones de tutela y siete derechos de petición ante la Registraduría.