Con alguna periodicidad nos hemos venido ocupando en este espacio de los debates que se han dado en el país, alrededor de las corridas de toros y los pronunciamientos que sobre este tópico ha hecho nuestra Corte Constitucional.
Esta vez, nuevamente voy a meter baza en el asunto, a raíz del fallo que para indignación de los antitaurinos y para complacencia de los que somos amantes de la fiesta brava, la semana pasada profirió este alto tribunal, al anular la decisión que la Sala Plena había tomado en febrero de 2017, que consideraba que los animales son seres sintientes, por lo que no debían ser sometidos a maltratos o a conductas arbitrarias, tales como las corridas de toros, novilladas, rejoneo y las peleas de gallos y que esa conducta se penalizaba con 12 a 36 meses de prisión.
Sometida a revisión esta decisión, la Corte despenalizó las corridas de toros, argumentando que se deben respetar los eventos con animales en donde estas prácticas tuvieran una tradición cultural, que estos espectáculos son expresiones artísticas que identifican a los colombianos, lo que la hace tolerable al sufrimiento al que son sometidos los toros y que la única autoridad que puede regular esta actividad, inclusive prohibirla, es el Congreso de la República.
Por eso nuestro punto de vista entorno a este polémico tema, es que las corridas de toros, no son una barbarie, que no se le puede considerar como un acto de crueldad y sufrimiento, que en la fiesta brava encontramos belleza y arte, tanto que su solemnidad ha inspirado a grandes artistas a plasmar en sus pinturas la lidia. Adicionalmente podríamos decir también que en el país se debe tener siempre respeto a la diversidad cultural.
Valmiro De La Hoz
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