Luego de amplias deliberaciones, dilataciones y faltas de quórum, la plenaria de la Cámara de Representantes finalmente le dio tránsito este martes al proyecto de acto legislativo que crea la Reforma Política, con 85 votos contra uno.
A la iniciativa ahora le resta ser discutida por la Comisión Primera del Senado (donde se deberán escoger ponentes para iniciar la discusión), y posteriormente por la plenaria del mismo.
El ministro del Interior, Guillermo Rivera, agradeció a los representantes por la aprobación, y agregó que 'literalmente se va a correr' para que los dos debates que le quedan al proyecto se lleven a cabo antes del 30 de noviembre, plazo en el que se termina la vigencia del fast track.
Entre los artículos destacados de la reforma está la lista cerrada y bloqueada para corporaciones públicas a partir de 2022 y los controles a la financiación de las campañas políticas.
Sobre este último punto, ni candidatos ni ciudadanos podrán entregar o exigir, según el caso, dádivas, regalos y donaciones para las campañas políticas.
Además, quedó establecido que la ley regulará la financiación, preponderantemente estatal, de los aspirantes.
'La financiación anual para el funcionamiento de los partidos políticos con personería jurídica, se realizará a través del Fondo Nacional de Financiación Política, el cual debe equivaler anualmente al 0,4 por mil del Presupuesto Nacional', señala la norma.
Coaliciones
Así mismo, la norma dispone que todos los partidos políticos con personería jurídica, es decir, tanto los pequeños como los grandes, pueden presentar candidatos o listas de coalición a corporaciones públicas a partir de 2018.
Autoridad electoral
La enmienda también asegura que el Consejo Nacional Electoral cambiará la forma de su composición y elección. Según se señala, la autoridad electoral ahora estará compuesta por nueve miembros con periodos institucionales de ocho años. Estos serán nominados, a través de convocatoria pública, por decanos de facultades de derecho de las universidades públicas y privadas, quienes conformarán ternas para cada vacante, las cuales serán presentadas al Congreso en pleno para que este elija con el voto favorable de dos terceras partes.
El Consejo Nacional Electoral tendrá autonomía administrativa y presupuestal, y entre sus funciones estará ejercer vigilancia y control sobre la organización electoral, dar posesión al registrador nacional, regular y vigilar toda la actividad de los partidos y movimientos políticos así como de las campañas.
Registraduría Nacional
Respecto a la Registraduría Nacional, esta se conformará por quienes pertenezcan a la Carrera Administrativa Especial a través de concurso de méritos.
Por otro lado, se permitirá que haya puestos de votación en todas las zonas en los que habían sido trasladados como consecuencia del conflicto, se evaluará la distancia y las condiciones de transporte de los ciudadanos que viven en esas zonas apartadas y se instalarán nuevos puestos de votación con el fin de garantizar el derecho a elegir.
Además, está contemplado que el voto, en elecciones anteriores, es un requisito obligatorio para acceder al empleo público o para contratar con el Estado.
Senado regional
También se propone la creación del Senado regional para los departamentos de Amazonas, Guaviare, Guainía, Vaupés, Caquetá y Chocó. Consiste en que por cada una de estas entidades territoriales habrá un senador, y la curul se asignará al candidato inscrito en primer lugar en lista cerrada o mayor número de votos en preferentes.
Lo que no se aprobó
Temporalmente quedó por fuera de la norma, aunque con probabilidades de que se reabra la discusión sobre ello en el Senado, todo lo relacionado con la puesta en marcha de los nuevos movimientos políticos: sus porcentajes de afiliados, los requisitos para su acceso a medios de comunicación y la financiación para su sostenimiento. También se hundió la propuesta de transfuguismo y el tribunal de aforados, entre otros.
Circunscripciones
Luego de que la plenaria de la Cámara baja aprobó la Reforma Política, se dispuso, inmediatamente, a discutir la reforma constitucional que crea las 16 circunscripciones especiales de paz. Al cierre de esta edición, la plenaria de esa corporación inició la discusión del artículo 1o., que tiene tres proposiciones de eliminación para algunos de sus artículos transitorios. Cabe recordar que la norma tiene 10 artículos y en ella se señala, explícitamente, que ni los partidos que cuentan con representación en el Congreso ni el movimiento político de las Farc 'podrán inscribir listas ni candidatos para estas circunscripciones'.