El Heraldo
Umberto Eco se refiera a las redes sociales como aquellas que “le dan derecho de hablar a legiones de idiotas”. 123RF
Política

La ley del Montes | ¡El derecho al insulto no existe...!

¿Hasta dónde está permitido ofender y agredir desde las redes sociales? ¿Está permitido?  

La consolidación de las redes sociales como herramientas eficaces para divulgar de forma masiva todo tipo de mensajes, desde los más interesantes y profundos hasta los más pueriles y absurdos, ha permitido el surgimiento de una especie de nuevos derechos que solo existen en las mentes de quienes creen que son poseedores de los mismos. Uno de ellos –quizás el más utilizado– es el que podríamos llamar el “derecho al insulto”.

En efecto, quienes creen gozar de este privilegio consideran que las redes sociales –en especial Twitter– los faculta para agredir con todo tipo de epítetos a quienes han cometido el gravísimo pecado de no pensar como ellos.

La crisis de los llamados medios de comunicación tradicionales y –claro– el apogeo de las redes sociales han permitido –según varios analistas– la “democratización” de la información y de la opinión. Otros expertos consideran que lo que en verdad ha ocurrido es la manipulación de la una y la vandalización de la otra. Esta última es la opinión de un grupo de intelectuales, entre quienes se destaca Umberto Eco, para quien la supuesta revolución de las redes sociales no existe, tal y como lo plasmó de forma gráfica y contundente en La Stampa: “Las redes sociales le dan el derecho de hablar a legiones de idiotas que primero hablaban solo en el bar después de un vaso de vino, sin dañar a la comunidad. Ellos eran silenciados rápidamente y ahora tienen el mismo derecho a hablar que un Premio Nobel. Es la invasión de los idiotas”.

Y si bien es cierto que las redes sociales han permitido revoluciones o han armado revueltas, como también sostiene el propio Eco, no es menos cierto que las mismas han creado una serie de grupos de presión –las tristemente célebres bodegas– que bajo sueldo y con propósitos nada democráticos se dedican a insultar a sus adversarios políticos, o a quienes no piensen como ellos.

Por cuenta de las redes sociales hay quienes creen que tienen derecho a insultar y eso no es cierto. Tal “derecho” no existe. Varias cortes y altos tribunales lo han dejado muy en claro en distintas oportunidades.

El Tribunal Constitucional de España, por ejemplo, sostiene: “La Constitución no reconoce un pretendido derecho al insulto, que sería por demás incompatible con la dignidad de la persona que se proclama en el artículo 10.1”. “Pues ciertamente –dice el alto tribunal– una cosa es efectuar una evaluación personal, por desfavorable que sea, de una conducta (evaluación que se inserta en el derecho de libre expresión y que es a veces de difícil o imposible separación de la mera información) y otra cosa muy distinta – para el Tribunal no cubierta constitucionalmente– es emitir expresiones, afirmaciones o calificativos claramente vejatorios o desvinculados de esa afirmación y que resultan proferidos gratuitamente sin justificación alguna. En ese caso cabe que nos hallemos ante la mera descalificación o incluso el insulto y sin la mera relación con la formación de una opinión pública libre. (Sentencia 105/1990”.

De manera que quien insulta desde un medio de comunicación de gran prestigio y trayectoria –o desde una cuenta anónima– está sujeto a la misma responsabilidad legal. Ocurre que es más fácil demandar al medio conocido que al que en Twitter o Facebook se escuda de forma cobarde y sistemática en el anonimato.

La gran paradoja es que muchas veces ese tráfico de insultos que no saldría del reducido número de seguidores que tiene quien difama termina amplificado por un medio de comunicación que –en aras de tener “tráfico”– termina cavando su propia fosa al dar difusión a quien no la merece. De manera que no es que las redes sociales sean el “coco” de los medios, como se piensa de forma errónea, sino que los propios medios han elevado ese albañal al nivel de respetabilidad del que carecen, pues se trata de una simple algarabía que no por tener un buen número de miembros se vuelve respetable, puesto que la razón siempre ha sido por esencia minoritaria. La crítica aceptable y tolerable siempre debería ser aquella que se mantiene dentro de los límites de la decencia. ¿Existe el derecho al insulto?

Libertad de prensa, ¿limitada o absoluta?

La libertad de prensa es un pilar de la democracia. Este principio tan vigente por muchos años empieza a ser replanteado. ¿La razón? Una serie de hechos objetivos y carentes de pasión llevaría por lo menos a abrir el debate sobre la solidez pétrea de dicho principio.

Veamos algunos ejemplos: ¿Las más horrendas masacres de población Tutsi en Ruanda a mediados de los 90 no fueron acaso azuzadas por periodistas radiales desde sus programas? ¿Qué hacer cuando cadenas gigantes y poderosas, como Fox News, o pequeñas, como The Federalist, se alinean de forma descarada y cínica con el discurso racista, antiecologista y violento de Donald Trump? ¿En estos casos, la libertad de prensa es pilar de la democracia o por el contrario es la pala que contribuye a sepultarla? El abuso de quien ejerce el poder –no de quien lo controla, que debería ser el papel de los medios de comunicación– no contribuye a fortalecer la democracia, sino que –por el contrario– la debilita. Es hora de abrir este debate.

¿Hasta dónde y cómo se debe opinar?

La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia acaba de tomar una decisión trascendental para el ejercicio del periodismo en Colombia. Tumbó por razones de constitucionalidad la sentencia condenatoria de segunda instancia que una Sala de Decisión de la Sala Civil del Tribunal Superior de Bogotá había proferido contra Vicky Dávila, La Fm y RCN por su responsabilidad civil extracontractual derivada de una información contra el coronel de la Policía Jorge Hilario Estupiñán Carvajal.

Lo hizo mediante un fallo de tutela y con ponencia del magistrado Luis Alonso Rico. La Corte protegió la actividad periodística de Vicky Dávila, al hallar que su comportamiento como informadora no contrarió los estándares nacionales e internacionales de sus deberes periodísticos. Y aunque reconoce que pudo ser insidiosa, vehemente y mordaz, nada de ello le está vedado a los periodistas. Como tampoco que expresen su opinión sobre la información que proveen. Aunque también advierten los magistrados que no todas las opiniones pueden transmitirse ni son admisibles como las de “apología al odio o de incitación a la violencia”.

¿Es posible que una condena ponga en peligro la libertad de prensa?

El fallo de la Corte Suprema puso de nuevo sobre el tapete la difícil tensión entre información y honor de las personas. O entre la opinión y el buen nombre. El fallo reitera que no hay una regla general sobre el tema, sino reglas que se van construyendo en cada caso concreto, porque –como se dice de forma coloquial– el “tonito” con que se dicen las cosas sí importa, así como la intención con la que se informe u opine. En el caso de Vicky Dávila, aunque ella llamó “corrupto” al coronel ahora retirado de la Policía y ese calificativo no fue respaldado por la administración de justicia, pues tanto penal como disciplinariamente el oficial fue absuelto, la Sala Civil de la Corte Suprema entendió que esa “discrepancia objetiva” no es suficiente para sostener una condena, que de mantenerse si crearía un peligroso antecedente para el ejercicio de la libertad de prensa.

En este caso en particular, la periodista acreditó que tenía en su poder evidencias razonables, que publicó en su programa, para afirmar la presunta vinculación del oficial a unos actos de corrupción e incluso existía un denunciante concreto, identificado e identificable, que sostenía la existencia de los hechos objetivos e igualmente se había consultado al afectado. Es decir: estaba demostrado el cumplimiento de las reglas del manual periodístico, por lo que atribuir la desvinculación del oficial a la publicación de esa información es, por lo menos, exagerado.

Conclusión: la Justicia es aliada de la libertad de prensa

En Estados Unidos o en Colombia –o en cualquier sistema democrático del mundo– al lado de quienes defienden la libertad de prensa siempre estarán los jueces. Punto. En Estados Unidos fueron los jueces –muchos designados por él mismo– los que pusieron fin al propósito de Trump de silenciar a quienes desde los medios de comunicación evidenciaron sus abusos y desvaríos antidemocráticos. Fueron los jueces estadounidenses los que se negaron a seguirle el juego construido a punta de fake news, que casi culmina en una tragedia en la propia sede del Capitolio en Washington. La libertad de prensa existe en tanto los jueces la protejan. Hacerle el juego a quienes se dedican a vilipendiar la Justicia es cavar la fosa de la libertad de prensa. La independencia y autonomía de la Justicia es lo único que garantiza la libertad de prensa. Esa es la razón por la cual el lema del Departamento de Justicia de Estados Unidos es: “Si amas la paz, trabaja por la justicia”. En el caso colombiano bien podría decirse: Si amas la libertad de prensa, defiende a tus jueces.

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