
Las personas que tengan dos o más deudas con mora superior a noventa días o que cursen en su contra dos o más procesos ejecutivos o de jurisdicción coactiva, podrán acogerse al derecho a la insolvencia para reestructurar su cartera.
Esto lo podrán hacer a partir del primero de octubre, cuando entra en vigencia el Código General de Proceso sancionada por el presidente Juan Manuel Santos.
La iniciativa fue impulsada por el representante liberal Simón Gaviria, quien explicó que para acogerse a esta figura se debe ir a un Centro de Conciliación y declararse insolvente, de esta manera se suspenden el cobro de intereses y las acciones judiciales que existan en contra de la persona.
Luego se convocará a los acreedores y se comienza a negociar la reestructuración de las deudas.
La otra opción que se puede seguir es que el acuerdo se formalice ante un notario o juez, pero se requiere que más de 60% de los acreedores estén de acuerdo.
Cuando una persona ya ha superado la reestructuración y no puede pagar, podrá declararse en quiebra lo que también es conocido como “punto final” y que implica ir ante un juez y presentar todos los activos para que sean evaluados por un perito y entregados posteriormente a los acreedores, ello implica que la persona queda con las deudas en cero.
“Queda con una verdadera segunda oportunidad, pero se aplica solamente a personas naturales no comerciales”, dijo Gaviria.
Explicó que solamente se puede declarar la insolvencia una vez cada cinco años y que cualquier tipo de fraude se calificará como un crimen financiero y será sancionado con cárcel de 1 a 6 años.
“Además no cuentan las deudas con familiares, esto tiene todo tipo de protecciones para garantizar que la use la gente que en verdad lo necesita”, dijo el senador.
Explicó que esta figura cubre deudas bancarias, de servicios públicos, arriendos, servicios públicos y otras.