El Heraldo
La Guajira

Corte Suprema condena en primera instancia a dos exgobernadores de La Guajira

Los magistrados fueron señalados por el delito de celebración de contratos sin requisitos legales y los absolvió de peculado. 

La Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia condenó a los exgobernadores del Departamento de La Guajira, Álvaro Cuello Blanchar y Hernando David Deluque Freyle a una pena de 4 años de prisión como autores responsables del delito de contrato sin cumplimiento de requisitos legales.

A los dos exmandatarios se les negó la suspensión condicional de la ejecución de la pena y se les reconoció la prisión domiciliaria. De otro lado, los dos exgobernadores fueron absueltos por el punible de peculado por apropiación, otro de los delitos por los que fueron denunciados.

En la condena, en el caso del entonces gobernador Álvaro Cuello Blanchar dice la Corte que se demostró que incumplió con requisitos esenciales al tramitar y celebrar un contrato de obra pública con la Unión Temporal Fénix. Ese negocio jurídico tuvo como finalidad construir, ampliar y  remodelar los palacios municipales de El Molino y Hatonuevo. También la construcción del terminal de paso y la plaza de mercado de San Juan del Cesar; la construcción de la plaza de mercado de Maicao; y de un puente sobre el río Ranchería, que comunica al municipio de Fonseca con el corregimiento El Hatico. La obra del mercado de Maicao, al final fue sacada del proyecto ante la negativa de los comerciantes para trasladarse.

La sentencia condenatoria señala que “el exgobernador quiso de manera deliberada” adelantar la licitación y celebración del contrato pese a que no se cumplían los requisitos para ello: “A pesar de que sabía que los diseños y planes de factibilidad no estaban completos, de que no se había asegurado el lote sobre el cual se construiría la plaza de mercado de Maicao -pues el acuerdo con el alcalde fue completamente informal- y de que no se había logrado la concertación con las comunidades de Hatonuevo y de San Juan del Cesar acerca de las obras que allí se iban a desarrollar, el mandatario decidió autónomamente tramitar y celebrar el contrato de obra pública”, destaca la sentencia sobre la cual procede el recurso de apelación, se lee en un comunicado de la Corte Suprema de Justicia.

Los hechos por los cuales fue juzgado y condenado en primera instancia el exgobernador Hernando David Deluque tienen que ver con las irregularidades en la etapa de ejecución y liquidación del mismo contrato.

La Sala de Primera Instancia determinó que el entonces gobernador firmó dos contratos adicionales, suscribió también uno modificatorio, reconoció el restablecimiento del equilibrio económico y liquidó el mencionado convenio sin verificar que se hubiera cumplido su objetivo, afectando el erario: “Como se observa, el acusado era consciente de la necesidad de solucionar los problemas presupuestales y, con el fin de lograr que se cumpliera el objeto, dispuso de más recursos para el contrato. Sin embargo, contrario a lo que argumenta la defensa en sus alegatos, existe prueba dentro del plenario que muestra que las edificaciones de los municipios de Hatonuevo y San Juan del Cesar no fueron finiquitadas y, a pesar de eso, Hernando David Deluque Freyle procedió a liquidar y pagar el contrato, con lo cual incurrió en el ilícito enrostrado”, señala la sentencia condenatoria.

Esta es la segunda condena que la Corte Suprema emite en contra del exgobernador Hernando Deluque Freyle y según lo expresa el mismo, tiene aún tres negocios pendientes por fallar de no menos de 30 procesos que le fueron abiertos cuando dejó el cargo tras administrar la Guajira entre 2001 y 2003.

Hernando Deluque reconoce que se presentaron esas dificultades en el contrato y aclara que no fue el quien lo suscribió además indica que para ese momento, la ley 80 de contratación no tenía bien claro quién debía suscribir las pólizas para recibir las obras y en el caso de su administración, esas pólizas siempre fueron suscritas por el secretario de obras y la interventoría. “Yo no firmé pólizas porque no estaba obligado por la ley a hacerlo, eso se produjo uno o dos años después donde se produjo una sentencia que lo dejaba bien claro en responsabilidad de los gobernadores, aunque estos no fueron los que firmaran, además a mí no me han investigado, ni condenado en primera instancia por haber dispuesto del dinero del Estado y si se produjo una falla, fue la omisión al no corregir los errores y eso me hubiera costado un disciplinario, pero se fue hasta la Corte Suprema y me condenan por esa omisión.

Deluque Freyle indicó que ya está trabajando con sus abogados en el recurso de apelación sobre esta condena de la Corte y espera poder salir airoso del asunto.

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