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Pensionados deben actualizar el RUT antes del 30 de junio

Deben verificar que este documento se encuentre actualizado en la nueva actividad económica (0020).

Los pensionados a quienes les fue modificado el código de su actividad económica tienen como fecha límite para la actualización del Registro Único Tributario (RUT) el próximo miércoles 30 de junio.

Las personas que perciben ingresos por pensión y están inscritas en el Registro Único Tributario deben verificar que este documento se encuentre actualizado en la nueva actividad económica para pensionados, identificada con el código 0020.

“Los ingresos por pensión incluyen la pensión de jubilación, pero también la pensión de invalidez, de vejez, de sobrevivientes, de riesgos laborales, indemnizaciones sustitutivas de las pensiones o devoluciones de saldos de ahorro pensional”, explica Ángela González, associate partner de Impuestos de EY Colombia.

Indicó que no actualizar el RUT dentro del plazo señalado, podría generar una sanción equivalente a dos Unidades de Valor Tributario (UVT)  por cada día de retraso en la actualización de la información, lo que equivale a $ 73.000 diarios.

“Si bien en su momento la DIAN señaló que actualizaría de oficio o de manera automática el RUT de determinados pensionados, esto pudo no ocurrir en todos los casos y por eso es importante que cada pensionado verifique que su RUT cuente con dicha actualización. Quienes ya fueron notificados de la actualización por parte de la DIAN, no requieren tomar ninguna acción adicional”, señaló la experta.

Además de reportar la nueva actividad económica de los pensionados, se hace necesario informar en el RUT la fecha desde la cual el pensionado percibe ingresos por esa actividad.

Por su parte la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) informó que si un pensionado, de acuerdo con su realidad económica, cumple con los requisitos para ser declarante de Renta o debe estar inscrito en el RUT por otra razón, debe informar la actividad económica “0020 Pensionado”. En caso de que no deba cumplir ninguna obligación ante la DIAN, no es necesario inscribirse en el RUT.

De acuerdo con la Resolución 114 de 2020, el código de actividad económica creado para los pensionados es el 0020.

 

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